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Fecha | Título | Resumen |
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7-oct-2019 | BV(Causa Nº 12692) | El 29/8/2017 una joven realizó tres llamados consecutivos al 911 para alertar acerca de una bomba en una escuela. Personal policial realizó un procedimiento de seguridad que dio resultado negativo. Por ese hecho, fue imputada y procesada por el delito de intimidación pública. Además, la joven registraba un procesamiento anterior por haber realizado una llamada de iguales características respecto de la misma escuela el 8/8/2017. En el marco de la primer causa judicial, la joven había suscripto un acuerdo conciliatorio de reparación integral con el rector del establecimiento. Luego, la joven acreditó ante el Juzgado Nacional de Menores N° 6 el cumplimiento de su compromiso. La fiscalía requirió que los hechos del 29/8/2017 se contemplaran en el acuerdo conciliatorio realizado en la causa judicial anterior. Consideró, entre otras cuestiones, que los hechos investigados eran idénticos a los de la primera causa y que habían sido realizados por la misma persona y en la misma época. Además, valoró que la imputada ya había cumplido el compromiso asumido en esa oportunidad. La defensa de la joven adhirió a la solución propuesta por la fiscalía y solicitó su sobreseimiento. |
29-abr-2019 | BV (Causa Nº11564) | Una joven llamó al 911 y alertó acerca de una bomba en una escuela. Personal policial realizó un procedimiento de seguridad que dio resultado negativo. Por ese hecho, fue imputada y procesada por el delito de intimidación pública. Entonces, suscribió un acuerdo conciliatorio de reparación integral con el rector del establecimiento. Allí, convinieron que la joven hiciera una redacción sobre las vivencias que había padecido a raíz de la investigación, con el objeto que se utilizara en actividades pedagógicas para concientizar y desalentar conductas similares. Luego, la defensa solicitó su homologación. El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que el conflicto se encontraba superado y que, por tal razón, no presentaba objeción alguna al acuerdo. |
26-dic-2018 | DO (causa N° 6286) | Un joven llamó al 911 y manifestó que había puesto una bomba en un colegio. Personal policial se acercó al establecimiento y lo evacuó. La inspección en búsqueda del artefacto dio resultado negativo. Por tal razón, fue imputado y procesado por el delito de intimidación pública. Entonces, suscribió un acuerdo conciliatorio. El imputado ofreció disculpas y se comprometió a dar testimonio de la experiencia del hecho a sus compañeros. El representante del colegio aceptó la propuesta y sostuvo que el conflicto había sido superado y reparado de manera satisfactoria. Además, señaló que no le interesaba continuar con el trámite del proceso. El Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al acuerdo. El juzgado homologó el acuerdo y supeditó la extinción de la acción penal y sobreseimiento del imputado al cumplimiento del testimonio. Dos meses después, el colegio remitió informes que daban cuenta de un taller que había realizado el joven, al que habían asistido sus compañeros, representantes del consejo de profesores y delegados del centro estudiantes y de cada curso. Asimismo, se indicó que había registrado asistencia perfecta, que había efectuado tareas de colaboración administrativa fuera del horario escolar y que había rendido asignaturas que tenía pendientes de aprobación. |
4-oct-2018 | CS (causa N° 7688) | Un joven de diecisiete años llamó al 911 y dio aviso sobre la presencia de una bomba en una escuela. Personal policial se acercó al establecimiento y determinó que la información era falsa. Por tal razón, fue imputado y procesado por el delito de intimidación pública. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución. Entonces, suscribió un acuerdo conciliatorio con la colaboración del Programa de Resolución Alternativa e Conflictos (Ministerio Público de la Defensa). El imputado ofreció disculpas, manifestó que había explicado a sus compañeros la experiencia del hecho y se comprometió a continuar haciéndolo. El vicerrector del colegio aceptó las disculpas y sostuvo que el conflicto había sido superado y reparado de manera satisfactoria. Además, señaló que no le interesaba continuar con el trámite del proceso. El Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable. |
8-may-2018 | LEI (causa N° 77761) | Dos jóvenes consumieron comidas y bebidas en un restaurante por el valor de $1500. Cuando se les entregó la cuenta, manifestaron que no poseían dinero. Uno de ellos, menor de edad, fue procesado por el delito de defraudación. Junto a su defensa, la fiscalía y el representante del comercio, el joven suscribió un acuerdo de conciliación. Allí, pactó el reintegro de la suma de dinero en concepto de reparación integral del daño causado. En esa línea, la defensa solicitó que, en caso de homologarse el acuerdo, se dictase el sobreseimiento de su asistido, en los términos del artículo 59, inciso 6° del Código penal. |
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