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Fecha | Título | Resumen |
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10-dic-2019 | Flores (causa Nº 73904) | Un hombre fue detenido e imputado por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda. Al momento de su detención, tenía una prótesis en una de sus piernas. Una vez alojado en un complejo penitenciario, una de sus rodillas se infectó y el Cuerpo Médico Forense indicó que la prótesis debía extraerse. Su defensa aportó informes médicos sobre el estado de salud de su asistido y solicitó en reiteradas oportunidades que se le realizara la intervención quirúrgica. Además, el imputado interpuso en tres hábeas corpus por el mismo motivo sin conseguir que se realizase la operación. Después de un año y siete meses de encontrase detenido en prisión preventiva, el imputado fue condenado a la pena de cinco años y diez meses de prisión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Luego solicitó que se le concediera la excarcelación e indicó que podía vivir en la casa de su padre junto a su familia. El tribunal rechazó el pedido. Para decidir de ese modo, consideró que la salud del imputado era tratada en el establecimiento penitenciario y que la libertad solicitada no estaba prevista dentro de ninguno de los supuestos contemplados por el artículo 317 del CPPN. Por otra parte, destacó que el monto de la condena era elevado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa planteó, entre otras cuestiones, que la condena no se encontraba firme y que su asistido revestía la calidad de imputado. Además, sostuvo que su salud no se encontraba atendida de forma correcta y que continuaba sin respuesta ante la indicación médica de intervención quirúrgica. Por último, recordó que el hombre contaba con una residencia en la que podía vivir junto con su familia. |
4-dic-2019 | Almaraz (reg. N° 1827 y causa Nº 33940) | Una persona había sido condenada y declarada reincidente en varias oportunidades. Además, se encontraba registrada bajo diferentes nombres en el Registro Nacional de Reincidencia y se hallaba en situación de calle. Luego fue detenida e imputada por el delito de robo en tentativa. Al ser detenida, se identificó de manera correcta. No tenía causas en trámite ni declaraciones de rebeldía y las penas se encontraban vencidas. Su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el planteo, por considerar que existían riesgos procesales que justificaban la medida de coerción. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación. La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, confirmó la resolución. Para decidir de esa manera, ponderó los antecedentes condenatorios y sostuvo que, en caso de recaer una sentencia condenatoria, la pena no podía ser dejada en suspenso ni la persona iba a poder acceder a la libertad condicional. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. En su recurso la defensa consideró que la valoración de los antecedentes condenatorios no resultaba una pauta suficiente para denegar la excarcelación requerida. En tal sentido, sostuvo que la escala penal del delito imputado permitía que la persona permaneciera en libertad durante el proceso. |
28-nov-2019 | Fernández Galeano (reg. Nº 1802 y causa Nº 73009l) | Un varón de 70 años de edad fue detenido e imputado por el delito de homicidio agravado por el vínculo y por el uso de arma de fuego en grado de tentativa en concurso real con amenazas coactivas. Al prestar declaración indagatoria manifestó que padecía una insuficiencia cardíaca severa, diabetes y asma. Además, presentó un certificado de discapacidad. El Cuerpo Médico Forense elaboró un informe en el que concluyó que el hombre no se encontraba en condiciones de permanecer privado de su libertad. La defensa solicitó su excarcelación en los términos de los artículos 210, 221 y 222 del Código Procesal Penal Federal. El representante del Ministerio Público Fiscal se expidió de manera favorable al planteo y requirió que se le impusiera una caución real. El juzgado rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, tuvo en consideración la gravedad del hecho y la imposibilidad de acceder a una pena en suspenso. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de apelación. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la resolución. Para decidir de ese modo señaló que la penalidad establecida para el delito imputado era muy elevada y que el tiempo que el imputado llevaba detenido no resultaba desproporcionado. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación la defensa sostuvo que la resolución impugnada violaba el principio acusatorio. Además, explicó que debía tenerse en cuenta la edad del imputado y el delicado estado de salud que poseía. Por último, manifestó que no existían riesgos procesales que fundamentaran la privación de la libertad y que la hipotética posibilidad de una pena de efectivo cumplimiento no podía ser un elemento determinante para detener de manera preventiva a una persona. |
20-sep-2019 | Romano (reg. N° 1901 y causa Nº 1128) | Un hombre fue imputado como partícipe secundario del delito de contrabando de estupefacientes destinados a su comercialización. En el marco del procedimiento se le concedió la excarcelación. En el debate de juicio oral, la fiscalía requirió que se lo condenara a la pena de tres años en suspenso. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de cuatro años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. Además, revocó la excarcelación y dispuso su inmediata detención. Para decidir de ese modo, consideró que se le había impuesta una pena de prisión que por su monto no era susceptible de ser dejada en suspenso. Por otra parte, valoró la gravedad de los hechos y tuvo en consideración que el imputado era integrante de una familia de clase media propietaria de un negocio en el que él trabajaba, por lo que poseía capacidad económica para evadir la justicia. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. En su presentación, la defensa señaló que las condiciones personales no configuraban un aumento en la posibilidad de riesgo de fuga de su asistido, dado que eran circunstancias ya conocidas al momento de concederse la excarcelación. En tal sentido, sostuvo que ni el dictado de una condena no firme ni la gravedad de la pena eran criterios suficientes para revocar la medida. |
30-oct-2015 | Ivanov, Valeriy | El Tribunal Oral había rechazado la excarcelación de una persona condenada por una sentencia que aún no había adquirido firmeza (se encontraba pendiente de resolución el recurso de queja interpuesto ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación). Para así decidir, el tribunal aplicó de manera supletoria el último párrafo del artículo 285 del CPCCN por entender que el CPPN no contenía ninguna referencia a los efectos del rechazo del recurso extraordinario. Por otra parte, enunció una serie de elementos que hacían presumir que el condenado intentaría eludir la acción de la justicia. Contra esa decisión, la defensa interpuso recurso de casación. |