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Fecha | Título | Resumen |
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10-ago-2021 | Tejeda y otros (causa N° 12459) | Tres personas fueron acusadas por la realización de maniobras ilícitas relacionadas con la Ley de Estupefacientes. Una de ellas era mujer y fue imputada por el delito tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Ella se encontraba en condiciones económicas desfavorables y padecía problemas de salud. Además, era madre soltera, tenía a su cargo a su madre y a sus sobrinos, y era víctima de violencia de género. Durante el debate, su defensa planteó la inconstitucionalidad del mínimo legal de la pena prevista para el delito imputado y solicitó que se le imponga una pena de ejecución condicional. De esa manera, consideró que la pena establecida en la ley resultaba desproporcional desde el punto de vista de la culpabilidad. En ese sentido, invocó la escasa entidad del hecho atribuido debido a que la mujer se encontraba en los últimos eslabones de la cadena de tráfico de estupefacientes y señaló que correspondía la aplicación de una perspectiva de género en línea con las Reglas de Bangkok. |
2-ago-2021 | Arce (causa N° 1253) | Una mujer había sido madre cuando era adolescente. También fue víctima de violencia familiar y de género, y durante su adultez ejerció la prostitución. A lo largo de su vida estuvo en situación de calle y padeció un consumo problemático de estupefacientes. Un día, un cliente le entregó un paquete para que despache en el Correo Argentino. En el envío postal consignó ropa de bebé con destino a Grecia, pero la encomienda contenía oculto 665 gramos de cocaína. Por este motivo, se le imputó el delito de contrabando de exportación agravado en grado de tentativa. Las partes suscribieron un acuerdo de juicio abreviado. La representante del Ministerio Público Fiscal consideró el escenario persistente de exclusión social de la mujer y dictaminó que se encontraba lesionado el principio de proporcionalidad de las penas. De esa manera, las partes acordaron una pena de prisión por debajo del mínimo legal. |
22-abr-2019 | Roldán (reg. N° 656 y causa Nº 104) | Una mujer se encontraba imputada del delito de contrabando. En la etapa de juicio y luego de finalizado el ofrecimiento de prueba, su defensa solicitó que se le concediera la suspensión del juicio a prueba. La imputada ofreció su autoinhabilitación y el pago de cien pesos mensuales en concepto de reparación. La fiscalía y la AFIP –en carácter de querellante– se opusieron a la solicitud. Entre otras cuestiones, consideraron que el planteo se había realizado de manera extemporánea, que debía requerirse el pago mínimo de la multa y que el instituto no podía concederse a delitos que previeran pena de inhabilitación. El Tribunal Oral concedió la probation por el término de dos años. Además, declaró la inconstitucionalidad del artículo 19 de la ley N° 26.735, que introdujo al artículo 76 bis del Código Penal la improcedencia del instituto a este tipo de delitos. Contra esa resolución, la querella y la fiscalía interpusieron recursos de casación. |