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FechaTítuloResumen
22-mar-2019Carli (Causa Nº 22000231)Un grupo de personas fue denunciado por haber cometido irregularidades en el PAMI durante el año 1999. En marzo del 2002, fue citado a prestar declaración indagatoria por el delito de fraude en perjuicio de la administración pública. Luego, entre diciembre de 2007 y abril de 2008, los individuos fueron citados a prestar declaración por el delito de asociación ilícita. En el año 2015 se requirió la elevación a juicio del expediente y tres años más tarde fue dictada la citación a juicio. Entonces, la defensa de los imputados solicitó que se declarase la prescripción de la acción penal. De manera subsidiaria, planteó la insubsistencia de la acción por la prolongada duración del proceso.
26-oct-2018Gastaldi (causa Nº 94070014)En el año 2004 una escribana certificó una firma falsa en un formulario 08. Cuatro años después, se dictó su procesamiento por el delito de falsedad ideológica. En el año 2011, la causa fue elevada a juicio y en 2018 fue fijada la audiencia de debate de juicio oral. En esa oportunidad, la defensa alegó que se había violado la garantía de su asistida a ser juzgada en un plazo razonable. Entre otras cuestiones, destacó que la imputada había sido condenada por hechos posteriores al investigado en ese juicio, por lo que no había motivos para que esa causa se hubiese demorado de manera excesiva.
22-nov-2017ZMJL (causa nº 5000005292)En febrero del año 2005, dos personas –una de ellas menor de edad– habían intentado robar una cadena de oro a un peatón y fueron detenidas por la policía. El proceso se desarrolló en el marco del artículo 353 bis del CPPN, que establecía la instrucción sumaria en caso de delitos cometidos en flagrancia. La audiencia de debate, que había sido fijada para mediados del año 2006, fue suspendida. En agosto del 2008, el tribunal se declaró incompetente y remitió la causa a un Tribunal Oral de Menores. Ocho años después, se ordenó la actualización de los antecedentes de los imputados. De los informes surgía que, durante ese tiempo, una de las personas había registrado antecedentes condenatorios. El tribunal declaró extinguida la acción penal por prescripción respecto de quien no poseía antecedentes. A su vez, declaró su incompetencia para continuar el proceso contra el otro imputado y remitió la causa a un Tribunal Oral en lo Criminal. Ese tribunal fijó fecha de debate para febrero de 2017. La defensa planteó una excepción de falta de acción. El Tribunal Oral rechazó la presentación por considerar que los antecedentes condenatorios que registraba el imputado habían interrumpido el curso de la prescripción de la acción penal. A su vez, sostuvo que la ley no preveía otras causales de extinción de la acción penal que se relacionaran con el transcurso del tiempo o la duración del proceso. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.