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FechaTítuloResumen
18-may-2018Internos de la Unidad N° 19 SPF (causa N° 32210)Las personas que visitaban a familiares y amigos detenidos en la Unidad N° 19 del Servicio Penitenciario Federal eran sometidas a requisa. El procedimiento implicaba desnudos y revisiones de zonas corporales íntimas. Si bien el establecimiento contaba con scanners, personal penitenciario realizaba, de manera eventual, requisas manuales. Por tal razón, los internos interpusieron un hábeas corpus colectivo. Durante la audiencia, se indicó que la situación denunciada se agravaba en el caso de las mujeres, que recibían un trato humillante y degradante por parte del personal de la Unidad. El juzgado federal hizo lugar a la acción de manera parcial y consideró que se debía acudir a registros físicos invasivos sólo de manera excepcional y cuando no existieran medios alternativos menos restrictivos. Así, dispuso que se instruyera al personal penitenciario respecto del trato adecuado que debía llevarse a cabo en los procedimientos de registro personal, en especial cuando las visitantes fueran mujeres. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la resolución. Entre otras cuestiones, sostuvo que las revisiones eran efectuadas mediante scanners y que sólo ante la presencia de algún cuerpo extraño se inspeccionaba a las visitas de forma manual. Por tal razón, sostuvo que los agravios habían perdido actualidad. Contra esa decisión, la Procuración Penitenciaria de la Nación interpuso un recurso de casación. En su presentación, señaló que las requisas corporales —que continuaban siendo practicadas— resultaban invasivas y atentaban contra la dignidad, intimidad, honor e integridad personal de las visitas.
5-abr-2017G, MNUna persona fue requisada por el Servicio Penitenciario al visitar a su concubino en un establecimiento carcelario. Allí, le practicaron una inspección íntima vaginal, que obtuvo como resultado la obtención de un envoltorio plástico que contenía estupefacientes. Por este hecho, se le imputó el delito de comercialización de estupefacientes agravado por cometerse en el interior de un establecimiento carcelario, en grado de tentativa. La defensa planteó la nulidad del procedimiento. Argumentó que aquel vulneraba los derechos a la intimidad y a la dignidad de las personas. El Fiscal General adhirió a la impugnación. Sin embargo, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán consideró que no se había demostrado el perjuicio a la imputada y rechazó el planteo. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación. La defensa adhirió a la presentación.
2-dic-2016G, MN (dictamen)Una persona fue requisada por el Servicio Penitenciario provincial al visitar a su concubino en un establecimiento carcelario. Allí le solicitaron que se sacara la vestimenta y se incline hacia adelante. De esta manera, se observó que llevaba un envoltorio en su vagina. Luego se comprobó que el envoltorio contenía estupefacientes. A la persona se le imputó la tentativa del delito de comercialización de estupefacientes agravado por cometerse en el interior de un establecimiento carcelario. La defensa planteó la nulidad del procedimiento por resultar contrario a la intimidad y a la dignidad de las personas. El Fiscal General adhirió a dicha impugnación. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán consideró que no se había demostrado el perjuicio a la imputada y rechazó el planteo. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal y la defensa presentaron, respectivamente, recursos de casación.