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FechaTítuloResumen
9-mar-2017PMDEn junio de 2002 fueron denunciados diversos hechos que involucraban un secuestro extorsivo y robos cometidos en poblado y en banda. El expediente, una vez radicado en el juzgado de instrucción, permaneció extraviado durante ocho años. Una vez elevadas las actuaciones a la etapa de juicio, se fijó la audiencia de debate para el mes de mayo de 2014. Su celebración fue postergada en dos oportunidades por motivos internos del tribunal. Posteriormente, la persona imputada fue declarada rebelde por el término de tres años. De las constancias obrantes en la causa no surgía comunicación alguna cursada a su teléfono ni que se hubieran practicado diligencias efectivas para notificarla. Finalmente, se presentó de manera espontánea. A fin del año 2015, la defensa planteó la extinción de la acción penal por prescripción y, en consecuencia, solicitó el sobreseimiento de su asistido. En particular, consideró que en el trámite del expediente se había violado la garantía a ser juzgado en un plazo razonable. El Tribunal Oral rechazó la petición. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
23-nov-2016Duarte, Felicia (CFCP)En abril de 2008 dos personas habían sido sujetas a un control aduanero. Una de ellas se dio a la fuga, la otra permaneció en el lugar y fue arrestada al descubrirse que en el vehículo transportaban estupefacientes. Por ese hecho, fue imputada por el delito de contrabando de estupefacientes con fines de comercialización en grado de tentativa. En septiembre de 2008 el Tribunal Oral la absolvió. La fiscalía impugnó la decisión. En 2012, la Sala IV de la CFCP hizo lugar al recurso y condenó a la imputada como autora del delito. Para decidir de ese modo, el tribunal analizó las declaraciones de los preventores, peritos y testigos del procedimiento en base a constancias escritas. La defensa impugnó la resolución y la Corte Suprema en el 2014 señaló que se había afectado la garantía del doble conforme. En ese sentido, dispuso designar a otra Sala de la CFCP para actuar como tribunal revisor. Desde el inicio de las actuaciones hasta la absolución habían transcurrido 5 meses, mientras que las etapas recursivas posteriores duraron aproximadamente 7 años. La defensa se agravió por la afectación del derecho a ser juzgado en un plazo razonable y la vulneración de los principios de oralidad e inmediatez del juicio criminal. La fiscalía consideró que la demora respondía a las maniobras recursivas de la defensa y, por tal razón, rechazó el planteo.
12-feb-2016Pérez, Juan JoséUn hombre fue imputado, junto a seis personas más, por el delito de promoción y facilitación de la prostitución de personas mayores de edad. Los hechos habían sido cometidos en junio del 2001. En junio del 2004 fue citado a prestar declaración indagatoria. Luego se dictó su procesamiento y la causa fue elevada a un tribunal oral. En el año 2006 las partes fueron citadas a juicio. Durante ocho años fueron dictadas diferentes disposiciones. Entre otras cuestiones, se le concedió la suspensión del proceso a prueba a cuatro personas y en 2009 se fijó la primera audiencia de debate, que fue postergada en cuatro ocasiones. En el año 2015, la defensa solicitó que se dictara la prescripción de la acción penal y el sobreseimiento de su asistido. El Tribunal Oral rechazó el planteo. Para decidir de ese modo sostuvo que si bien los hechos imputados habían ocurrido con anterioridad a la reforma del artículo 67 del CP ¬¬–que determinó qué actos eran considerados “secuela de juicio”–, dicha norma resultaba aplicable al caso por ser más benigna. En ese sentido, tuvo en consideración la fecha de la citación a juicio y concluyó que la acción no se encontraba prescripta. Por otra parte, señaló que el Estado tenía la responsabilidad internacional de investigar hechos como los imputados en el caso y que, a tenor de su complejidad, no se había violado el derecho del imputado a ser juzgado en un plazo razonable. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.