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FechaTítuloResumen
15-dic-2017MPM (causa Nº 38872)El padre de un niño con discapacidad (Síndrome de Down) solicitó a su obra social (Instituto Provincial de Salud de Salta) la cobertura integral de distintas prestaciones médicas. Ante la negativa de la entidad, inició una acción de amparo. El tribunal de primera instancia hizo lugar a la petición y ordenó al instituto a brindar a cobertura integra de los tratamientos médicos, de estimulación temprana y rehabilitación (fonoaudiología, fisio-kinesioterapia, neuropsicología, psicomotricidad, psicopedagogía e hidroterapia), así como las prestaciones de terapia ocupacional, apoyo escolar, de transporte y medicación que su diagnóstico requiera, y el reintegro de las sumas y de los gastos realizados por el amparista. Contra dicha resolución, el IPSS interpuso un recurso de apelación.
15-nov-2017Medidas provisionales respecto de la República Federativa de Brasil. Asunto de la Unidad de Internación SocioeducativaLa Unidad de Internación Socioeducativa (UNIS), un instituto de detención de niños y niñas situado en el Estado de Espírito Santo, República Federativa de Brasil, presentaba graves problemas edilicios y de sobrepoblación. Además, las personas privadas de la libertad eran víctimas de agresiones y torturas por parte del personal penitenciario y eran usuales los episodios de violencia como motines y peleas entre detenidos. El 30 de diciembre de 2010 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solicitó a la CorteIDH que dispusiera medidas provisionales con el fin de proteger la vida y la integridad personal de los niños y adolescentes detenidos. En consecuencia, el 25 de febrero de 2011 la CorteIDH ordenó a Brasil que adoptara ciertas disposiciones con el fin de resguardar la seguridad de la población carcelaria.
9-jun-2017APJUna persona que sufría una enfermedad oncológica avanzada y, según sus médicos, de mal pronóstico cumplía una pena de cinco años y once meses de prisión en el Hospital Penitenciario Central II del Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La defensa solicitó, en consecuencia, que se le otorgara la prisión domiciliaria. La fiscal consideró que correspondía hacer lugar al pedido.
31-mar-2017Centro de Detención Judicial - U. 28 - del SPFLa Procuraduría de Violencia Institucional realizó una inspección ocular en el Centro Transitorio de Detención (Unidad 28) del SPF. Allí, comprobó que se encontraban alojadas más de ciento veinte personas. Varias llevaban más de veinticuatro horas detenidas en ese sitio. A su vez, constató deficiencias edilicias, de higiene, alimentación y una inadecuada atención a la salud. Ante esta situación, presentó una acción de habeas corpus colectivo y correctivo. Entre sus argumentos, tuvo en cuenta las acordadas 12/2012 y 33/2013 dictadas por la CSJN y sostuvo que se encontraban agravadas ilegítimamente las condiciones de detención.