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27-mar-2023HEJL (Causa N° 30850)Una mujer fue detenida por tres agentes policiales mientras trabajaba en una feria. En ese momento, le informaron que la detención se debía a la supuesta comisión de un delito, por lo que la trasladaron a una comisaría de la zona. Si bien permaneció privada de su libertad durante varias horas, los efectivos no dieron aviso a la fiscalía de turno. En ese marco, sufrió extorsiones y amenazas de muerte por parte de los agentes. A su vez, fue golpeada y abusada sexualmente por el subcomisario. Al día siguiente, la mujer realizó la denuncia ante la fiscalía y la causa se elevó a juicio. El Tribunal en lo Criminal Nº 10 de Lomas de Zamora absolvió al subcomisario por el delito de abuso sexual. No obstante, lo condenó a prisión e inhabilitación especial por los delitos de privación abusiva de la libertad y de extorsión en grado de tentativa. También impuso pena de prisión e inhabilitación a otro agente en carácter de coautor de los referidos delitos. En 2019, el Tribunal de Casación provincial confirmó la condena, revocó la absolución al subcomisario y lo condenó a siete años de prisión por el delito de abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por personal policial. Contra lo decidido, la defensa interpuso una serie de recursos que no prosperaron. En 2021 la Suprema Corte de la provincia advirtió que no se había presentado queja y, por lo tanto, la condena quedó firme. Tiempo después, la mujer demandó a la provincia de Buenos Aires ̶ en concreto al Ministerio de Seguridad ̶ por los daños que los agentes policiales le habían causado. Por su parte, la Fiscalía planteó la prescripción. Sobre ese aspecto, destacó que la actora había demandado seis años después de los hechos denunciados. En particular, sostuvo que el plazo para interponer acciones por responsabilidad civil era de tres años, de acuerdo con el artículo 2561 del Código Civil y Comercial de la Nación. En su respuesta, la accionante manifestó que su reclamo no había prescripto. Al respecto, señaló que la prescripción debía comenzar a correr desde que los hechos quedaron confirmados por sentencia penal firme. Agregó que el plazo impuesto por el Código resultaba breve en casos de violencia de género y abuso sexual, debido a que las víctimas no estaban en condiciones de reclamar los daños en sede judicial ya que primero debían ocuparse de su salud psico-física.
17-nov-2021Fernandez (causa Nº 47118)Una mujer había sido víctima de golpes y amenazas de muerte por parte de su ex pareja y padre de sus hijas. En abril de 2009, la mujer lo denunció por violencia familiar ante la Oficina de Violencia Domestica. El juzgado civil interviniente ordenó la exclusión del agresor del hogar y decretó la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros del lugar donde se encontrase la denunciante y sus hijas. Sin embargo, la medida fue incumplida en reiteradas ocasiones. Por otro lado, se inició una causa penal contra el hombre por el delito de amenazas. En junio de ese año, la mujer hizo una nueva denuncia luego de recibir amenazas con un arma de fuego y reiterados llamados telefónicos. En julio de 2010, el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 22 condenó al hombre a la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso por el delito de amenazas agravado por el uso de armas. Además, a pedido del fiscal interviniente, dispuso una consigna policial en el domicilio de la víctima. Sin embargo, dieciséis días después de la condena, el hombre realizó tres disparos con arma de fuego que impactaron en el tórax de la mujer y la hirieron de gravedad. Ante esta situación la mujer, por derecho propio y en representación de sus hijas, inició una demanda por daños y perjuicios contra el Estado Nacional. El juzgado de primera instancia hizo parcialmente lugar a la demanda y condenó a la Policía Federal Argentina y al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación –en representación del Poder Judicial de la Nación– a indemnizar los daños ocasionados. Contra esa decisión, todas las partes interpusieron un recurso de apelación.
24-abr-2020PPN (registro N° 242 y causa N° 10082)Una mujer trans había sido condenada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización a una pena de cuatro años de prisión. La mujer tenía 40 años, se aloja-ba en el Complejo Penitenciario Federal IV y se encontraba próxima a obtener la libertad condicional. En la unidad recibía un tratamiento médico por ser una persona que vivía con HIV. La mujer se encontraba en el listado elaborado por el SPF de personas en riesgo frente a un eventual contagio del COVID. Su defensa solicitó que se le concediera el arresto domi-ciliario. En ese sentido, explicó que su sistema inmunológico estaba debilitado por lo que se encontraba en una situación de riesgo frente a la pandemia de COVID-19. El tribunal oral interviniente rechazó el pedido. Para decidir de esa manera, sostuvo que la mujer recibía el tratamiento adecuado para su cuadro dentro del complejo penitenciario. Además, señaló que el virus no había ingresado en el CPF IV. En ese sentido, argumentó que la situación de encierro no representaba riesgo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. El representante del Ministerio Publico Fiscal ante la instancia de casación se ex-pidió de manera favorable al planteo.