Buscar


Filtros actuales:



Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-6 de 6.
  • Anterior
  • 1
  • Siguiente
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
9-oct-2018TMP (causa N° 10510)La señora T. denunció al señor C. por delitos de lesiones y amenazas. En abril de 2017 se declaró la absolución del denunciado y la cámara de apelación confirmó la decisión. Con posterioridad, T. inició una acción de daños y perjuicios contra C. por los mismos hechos. El juzgado de primera instancia consideró la prejudicialidad de los hechos resueltos en sede penal en relación con los hechos que individualizaba en la demanda de daños. Además, declaró la inaplicabilidad al caso de la legislación sobre violencia de género, la antijuridicidad del hecho declarado atípico en sede penal (amenazas), y por último, la falta de acreditación del daño. Contra esa decisión, la parte actora interpuso un recurso de apelación.
25-sep-2018B (Causa Nº 6292)Una mujer denunció a su expareja por una serie de hechos violentos. Entre ellos, relató que el 31 de enero de 2015 la abusó sexualmente y la amenazó con un cuchillo. Asimismo, denunció que a fines del año 2014, este individuo intentó abusarla mientras dormía pero que, en esa oportunidad, ella lo empujó para que no lo hiciera. Esta persona fue imputada por los delitos de abuso sexual en grado de tentativa y por el delito de abuso sexual agravado por acceso carnal y por el empleo de un arma. Elevada la causa a juicio, el tribunal lo condenó a la pena de 10 años de prisión por considerarlo autor penalmente responsable de ambos hechos. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.
19-sep-2018HC (causa N° 56280)Una mujer vivía con sus dos hijos y su pareja y sufría violencia de género. Ambos habían decidido separarse. La mujer preparó las pertenencias del varón para que se las llevara y, cuando él arribó a la casa discutieron. En un momento, la empujó sobre la cama y la amenazó con golpearla. Entonces, la mujer lo hirió con un cuchillo. El hombre falleció en el momento. En la etapa de juicio oral, los hijos de la imputada hicieron mención a una atmósfera de convivencia violenta y contaron que el varón le había pegado e insultado a la mujer en varias oportunidades. Otras dos testigos refirieron que la imputada les había contado recibía golpes e insultos por parte de su pareja. Por otro lado, una psiquiatra, una psicóloga y una trabajadora social elaboraron informes que concluyeron que el vínculo de la pareja era asimétrico, de control patriarcal, con roles estereotipados y que se advertía una situación de sumisión de la mujer respecto del hombre. Por ese hecho, la mujer fue condenada a la pena de ocho años de prisión por el delito de homicidio. Para resolver de esa manera, el Tribunal Oral sostuvo que la mujer había reaccionado frente a una “simple sospecha” de que iba a ser agredida. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó que su asistida había actuado en legítima defensa. La Cámara en lo Penal de la Circunscripción Judicial Trelew, por mayoría, modificó la calificación legal impuesta por la de homicidio bajo un estado de emoción violenta y envió las actuaciones al tribunal de origen para que dictara una nueva pena. Contra esa decisión, la representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso extraordinario local solo en cuanto a la modificación de la calificación legal. La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Chubut hizo lugar a la impugnación, revocó la sentencia recurrida y ordenó el reenvío de las actuaciones a la Cámara. En la audiencia de impugnación la defensa observó que el pronunciamiento denotaba una sesgada apreciación de la prueba sin perspectiva de género y una inversión de la carga probatoria, en particular porque no había evaluado las declaraciones de los hijos de la imputada
20-jul-2018Masliah (causa Nº 21789)Una mujer denunció a su ex pareja por un hecho constitutivo de violencia de género. El imputado manifestó en su declaración indagatoria que en el momento al que se aludía en la denuncia había tenido un accidente vial, había sido intervenido quirúrgicamente y se encontraba en silla de ruedas. Por ese motivo, indicó que no resultaba posible haberle causado ningún tipo de lesión física a su ex pareja. De todos modos, el hombre fue procesado. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación.
25-jun-2018Moreira Ramos (causa Nº 70927)La directora, jefa de personal y de recursos humanos de una empresa se comunicó telefónicamente con una empleada, Moreira Ramos, con el fin de solicitarle la realización de unos trabajos. Entonces, la mujer le gritó y cortó la comunicación. Luego, al cruzarla en un pasillo de la empresa y reclamarle nuevamente que hiciera sus tareas, Moreira Ramos le profirió insultos y la tomó fuerte de los brazos, provocándole una excoriación en la muñeca derecha. En ese momento, intervino el presidente de la empresa, quien separó a las mujeres. Por ese hecho, Moreira Ramos fue imputada por el delito de lesiones leves. El juzgado de instrucción ordenó como medida probatoria la remisión de las filmaciones correspondientes al día y lugar en que ocurrieron los hechos. Sin embargo, la empresa no las envió. El juzgado dictó el procesamiento de la imputada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación.
24-abr-2018NBA (causa N° 29554)Una mujer trans vivía con su pareja y sufría violencia de género por parte del hombre. En una oportunidad la encerró en su casa y se fue, luego volvió, consumieron cocaína y una botella de vodka. Comenzaron a discutir, él la insultó y tomó un cuchillo. Entonces, ella lo agarró del brazo, forcejearon, le sacó el arma y se la clavó en el pecho. La mujer salió a pedir ayuda, pero el hombre falleció en el momento. Por ese hecho fue imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo. En la etapa de juicio oral, la mujer declaró que no había tenido una buena convivencia con su pareja. Explicó que el hombre la obligaba a trabajar para pagar el alquiler y comprarle estupefacientes, toda vez que tenía un consumo problemático de drogas. En ese sentido, señaló que si no consumía se volvía muy violento con ella y la agredía. Además, dos testigos contaron que, desde su niñez, la imputada había padecido severos castigos por parte de su padre que no aceptaba su identidad. Agregaron también que había recibido agresiones físicas y psíquicas por parte de sus parejas. Además, una psiquiatra forense explicó que la mujer tenía una mirada idealizada de su pareja, lo que la había llevado a aceptar el maltrato. La Cámara Primera en lo Criminal de General Roca la condenó a la pena de nueve años de prisión por el delito de homicidio agravado por el vínculo con circunstancias extraordinarias de atenuación. Para resolver de esa manera sostuvo que, si bien de las constancias médicas surgía que ambos presentaban cortes producidos con un arma blanca, ante la ausencia de testigos, no podía determinarse que el hombre hubiera comenzado la agresión con el cuchillo. En ese sentido sostuvo que no resultaba creíble la versión de los hechos aportada por la imputada y que no podía probarse la existencia de una agresión ilegítima que la habilitara a defenderse de esa manera. Además, explicó que como la mujer era el sostén económico podría haberse mudado a otro lugar en vez de continuar con el vínculo. Por otra parte, consideró la vulnerabilidad de la mujer trans como atenuante de la pena. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, planteó la necesidad de abordar el caso desde una perspectiva de género y criticó que el tribunal hubiese considerado la historia de vida de la mujer solo al aplicar las circunstancias excepcionales de atenuación de la pena y no así en relación con la causal exculpatoria de legítima defensa.