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30-dic-2020AGLI (causa N° 123332)Un hombre y una mujer de nacionalidad argentina se conocieron en Buenos Aires en el año 1992. En el año 2006 decidieron continuar con su relación en España de manera temporal, donde nació su primera hija. En el año 2009 regresaron a Argentina y, al año siguiente, nació su segunda hija. Permanecieron en el país hasta el año 2014 y, más tarde, decidieron volver a España y asentarse en Barcelona. Como el hombre tenía ciudadanía española su cónyuge obtuvo la tarjeta de residencia por cinco años. Posteriormente, el matrimonio decidió programar un viaje a Francia. Sin embargo, solo viajaron las dos niñas con su padre y, al términar su estadía, en lugar de regresar a España, se trasladaron a Argentina. En ese marco, la madre de las niñas inició una demanda de restitución internacional a su residencia habitual en Palafolls, Barcelona. En relación con este proceso, se celebró una audiencia en presencia de la asesora de incapaces para que las niñas tuvieran la oportunidad de expresarse. Posterior a ello, el Juzgado de Familia de Quilmes admitió la acción y el padre apeló la resolución. La cámara confirmó la sentencia. Contra esa decisión, el demandado interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de la ley. Entre sus argumentos, expuso que la sentencia era contraria a la Convención de los derechos del Niño y que el traslado a Argentina no fue ilícito por encontrarse el centro de vida de las niñas en Bernal, Quilmes, provincia de Buenos Aires, donde pasaron la mayor parte de sus vidas y se encontraba su familia. Al momento de expedirse la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, las niñas tenían 13 y 9 años.
17-abr-2020Luna (causa N° 81000857)Una mujer había sido condenada a la pena de 19 años de prisión y se encontraba alojada en la Unidad N° 13 del Servicio Penitenciario Federal, donde se hallaba en el período de prueba y había sido incorporada al régimen de salidas transitorias. En razón de la emergencia sanitaria, las salidas fueron interrumpidas. La mujer tenía dos hijos, uno de ellos de diez años. Entonces, solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. Su defensa agregó que al interrumpirse por completo su régimen de salidas transitorias se habían modificado de manera drástica sus condiciones de detención, lo que afectaba el fin resocializador de la pena. Por su parte, la defensoría de menores e incapaces consideró que debía hacerse lugar al pedido en virtud del interés superior del niño y señaló que la situación económica de la familia de la imputada se veía agravada frente a la crisis sanitaria. La representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al planteo por considerar que no se encontraba enmarcado en ninguno de los supuestos previstos por la ley para la concesión del instituto.
14-abr-2020GAP (causa N° 98167)Un hombre y una mujer se divorciaron y acordaron alquilar la vivienda que había sido el hogar conyugal a terceras personas. Luego, el excónyuge ingresó a la casa junto a la hija de ambos. Por ese motivo, la mujer interpuso una acción de desalojo por intrusión a un bien propio. El juzgado hizo lugar a la acción, ordenó al demandado a desalojar la vivienda y lo intimó a que arbitrase los medios para asegurarle una vivienda digna a su hija. Contra esa decisión, el hombre interpuso un recurso de apelación.