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FechaTítuloResumen
3-ago-2017GFUna persona se encontraba en Aeroparque con el objeto de tomar un vuelo al extranjero. En el marco de los controles de rutina, su bolso fue inspeccionado con una máquina de rayos X. Personal policial observó imágenes compatibles con la forma de fajos de billetes. Al ser consultado, el pasajero manifestó que llevaba dieciocho mil dólares. Por tal razón, se requisaron todas sus pertenencias. En el interior del bolso se hallaron dieciocho mil cuatrocientos dólares y, en el bolsillo de su pantalón, nueve mil cuatrocientos setenta dólares. Por ese hecho, fue imputado por el delito de contrabando en grado de tentativa. El juzgado dictó su sobreseimiento, por considerar que la acción era atípica. En particular, entendió que el imputado no había realizado ninguna acción idónea para ocultar, mediante ardid, el transporte de la mercadería. Contra esa resolución, la fiscalía interpuso un recurso de apelación. La Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó el sobreseimiento. Por tal razón, la fiscalía interpuso un recurso de casación, que fue declarado inadmisible. Contra esa decisión, se interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la presentación de un recurso de queja. La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la resolución de la CFCP y remitió las actuaciones a ese tribunal, con el objeto de que tomara intervención en el caso.
18-abr-2017FFJA y otrosVarias personas armadas se presentaron en la casa de la presunta víctima y su familia, casa 75 manzana 1 del Barrio Esperanza, y la intimaron a abandonar su vivienda antes de las 17 hs. de la tarde de ese día. De lo contrario, la incendiarían. La familia tenía, a su vez, otra casa en el barrio, la número 77. Por estos hechos, el Tribunal Oral condenó a tres personas como coautoras del delito de tenencia ilegítima de arma de guerra en concurso ideal con amenazas agravadas por haber tenido como propósito compeler a una persona a abandonar su residencia habitual. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación y, entre otras cosas, cuestionó la calificación legal aplicada.
12-abr-2017Guadamarra (causa N° 75003391)La Unidad Fiscal de Investigaciones de delitos cometidos en el a?mbito de actuacio?n del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSPJ) y su Programa de Asistencia Me?dica Integral denunciaron a tres personas por la realización de un doble pago de un servicio médico en el an?o 2006. Una de ellas era un médico oftalmólogo y las otras dos trabajaron en el INSSPJ hasta el 2007. Las tres fueron imputadas por los delitos de administracio?n fraudulenta y estafa agravados por haber sido cometido en perjuicio de la administración pública. En mayo del 2013 fueron citados a prestar declaración indagatoria. En el año 2014, sus defensas plantearon la extinción de la acción penal por prescripción. El juzgado rechazó los planteos. Contra esas resoluciones, se interpusieron recursos de apelación. La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario hizo lugar a las impugnaciones, declaró extinguida la acción penal y sobreseyó por prescripción a los imputados. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. En tal sentido, sostuvo que dos de los imputados revestían calidad de funcionarios públicos y, durante el tiempo en que habían ocupado sus cargos, se había suspendido el curso de la prescripción. En consecuencia, entendió que la acción penal se hallaba vigente.