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FechaTítuloResumen
7-jul-2023Sakal (causa N° 77552)Un hombre fue condenado a la pena de nueve años y seis meses por ser coautor del delito de robo doblemente agravado por haberse cometido con un arma de fuego y por la participación de un menor de dieciocho años, en concurso real con el delito de daño agravado. Contra esa decisión, el imputado interpuso un recurso de casación in pauperis que luego fue fundamentado por su defensa. Entre otras cuestiones, postuló la nulidad parcial de la sentencia y la absolución de su asistido por uno de los hechos atribuidos y la reducción al mínimo de la pena aplicada en función del hecho restante. Subsidiariamente, solicitó que no se fijara una pena superior a los tres años de prisión dejada en suspenso. Por último, pidió que se descartara la agravante prevista en el artículo 41 quater del Código Penal.
1-jul-2019SIDF (reg. Nº 853 y causa Nº 64719)Un joven se encontraba alojado en el Centro Socioeducativo de Régimen Cerrado Manuel Belgrano. Al cumplir 18 años de edad, el Tribunal Oral de Menores lo condenó a la pena de cinco años de prisión y dispuso de oficio su traslado al Complejo Penitenciario Federal de Jóvenes Adultos. Para decidir de esa manera, sostuvo que el instituto donde se alojaba el joven no satisfacía los requisitos exigidos por la ley Nº 24.660, por no contar con un servicio criminológico y un consejo correccional. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La Sala I de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional ordenó el inmediato realojamiento del joven en el Centro Socioeducativo de Régimen Cerrado Manuel Belgrano. En dicho resolutorio se hizo saber al Tribunal Oral que los fundamentos se darían a conocer en el plazo de cinco días establecido en el artículo 456 bis CPPN. Por esa razón, el Tribunal dispuso su realojamiento. Sin embargo, la subdirectora del instituto de menores hizo saber que resultaba imposible dar cumplimiento a lo ordenado toda vez que la norma establecida en el marco del convenio de transferencia disponía que la edad de 18 años constituía el límite para el ingreso al Centro Socioeducativo. Finalmente, la CNCCC emitió los fundamentos de la sentencia y ordenó el inmediato cese del alojamiento en una unidad del Servicio Penitenciario Federal.
16-ago-2017García (reg. N° 699 y causa N° 37624)En el año 2005, un hombre había sido condenado a la pena de 4 años y 6 meses de prisión. En el marco de ese proceso, estuvo detenido tres años. En 2010, fue condenado por otro hecho a la pena única de 5 años, comprensiva de la anterior. En septiembre del mismo año, la pena venció. Luego, en julio del 2013, cometió un nuevo hecho delictivo por el que fue condenado en marzo del 2014 a la pena de siete años de prisión. La defensa recurrió la sentencia de condena. En 2016, la CFCP hizo lugar a la impugnación, casó de manera parcial la resolución y remitió el expediente a un nuevo tribunal con el objeto de que se determinara la nueva pena. Contra esa decisión, se interpuso un recurso extraordinario federal que, denegado, motivó la interposición de un recurso de queja. Al constatar el rechazo del REF, el Tribunal Oral fijó la pena de seis años y ocho meses de prisión y declaró reincidente al imputado. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación. En particular, sostuvo que no correspondía la declaración de reincidencia, toda vez que desde el cumplimiento de la primera pena había transcurrido el plazo de cinco años previsto en el artículo 50 del Código Penal.