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FechaTítuloResumen
22-mar-2018AFL (causa Nº 9477)En el marco de una discusión doméstica, un hombre golpeó a su hermana en el ojo derecho y empujó a la hija de ésta, quien se golpeó contra una pared. Luego, tomó un cuchillo y la amenazó para que no efectuara la denuncia. La madre de ambos le efectuó la misma amenaza. Por esos hechos, la mujer denunció a su hermano y a su madre ante la Oficina de Violencia Doméstica (OVD). El informe elaborado por esa oficina indicó que la modalidad del grupo familiar respondía a través de la violencia, y que las declaraciones de la víctima parecían verosímiles. Además, en el informe médico practicado a la misma, se concluyó que las lesiones eran producto de un choque o golpe producido contra un elemento duro. Durante la audiencia de debate, la víctima amplió su declaración. De su testimonio surgieron contradicciones en relación a su primera denuncia, respecto a la manera en que había acontecido el hecho. Por su parte, el imputado sostuvo había discutido con su hermana en una habitación pequeña, oportunidad en la que una cama había caído sobre ella y le había producido las lesiones. Además, prestaron declaración testimonial varias personas. Uno de los hermanos declaró haber presenciado el hecho, y manifestó que la lesión de su hermana había sido producida por la caída de una cama. Además, indicó que no había visto que el imputado la golpeara ni que hubiera tenido un cuchillo en su poder. La pareja del imputado se expidió en el mismo sentido. El resto de testigos, no presentes en el hecho, indicaron que la víctima era una persona conflictiva y agresiva, que solía tener problemas con su familia. El Tribunal Oral condenó al hombre a la pena de tres años de prisión en suspenso por el delito de lesiones leves en concurso ideal con amenazas coactivas agravadas por la utilización de arma en perjuicio de su hermana, en concurso real con lesiones leves cometidas contra la niña. Además, la condenó a su madre a la pena de dos años de prisión en suspenso por el delito de amenazas coactivas. Para decidir de esta manera, entre otras cuestiones, valoró las declaraciones de la denunciante, y sostuvo que resultaba inverosímil que una cama pudiera generar el tipo de lesiones presentadas por la misma. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
17-abr-2017SCGF y otrosTres hombres y una mujer fueron interceptados por personal policial cuando se encontraban a bordo de un vehículo robado. No poseían ningún tipo de documentación que acreditara su titularidad, y la chapa original del auto había sido reemplazada por una falsa. Durante la audiencia indagatoria, los tres hombres declararon vivir en la misma ciudad. Además, dos de ellos indicaron que eran parientes y que se dedicaban a la compraventa de automóviles usados. El Tribunal Oral absolvió a la mujer por aplicación del principio in dubio pro reo y condenó a los otros por el delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro. Para decidir de ese modo, los jueces consideraron que los imputados no podían desconocer el origen ilícito del vehículo. En particular, tuvieron en cuenta las circunstancias personales apuntadas en sus declaraciones. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.
9-sep-2016H, SAUn hombre y una mujer habían intentado sustraerle un teléfono celular a una persona. Ante su negativa a entregarlo, se produjo un forcejeo que le ocasionó a la víctima golpes en su cara y la fractura de un dedo de su mano. Durante la instrucción, la imputada declaró que tuvo una pelea con la víctima y que su marido sólo intentó detenerla. Por otra parte, mientras que la víctima declaró que el hombre fue quien la había lastimado, una testigo presencial señaló a la mujer como única autora de la golpiza. El Tribunal Oral absolvió a la mujer y condenó a su marido por el delito de lesiones graves. Sobre la base de la misma prueba utilizada para fundamentar la condena, los jueces descartaron la acusación vinculada al robo del teléfono. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de casación.