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18-oct-2017Nina Kutsenko v. UcraniaVK se había presentado ante las autoridades judiciales a fin de denunciar que, durante más de un año, había sufrido presiones psicológicas y malos tratos de parte de la policía de la estación ferroviaria de su ciudad. Un día ingresó al hospital local inconsciente en virtud de un estado de intoxicación. Al día siguiente, VK se identificó y abandonó el hospital sin autorización. Ese mismo día, fue detenido por dos policías y, una vez en la comisaría, lo golpearon. Si bien no se establecieron los hechos posteriores a la detención ni cuándo egresó de la comisaría, se supo que dos días después un oficial solicitó una ambulancia para atender a un hombre que estaba inconsciente en la estación de tren. Una vez más, VK ingresó al hospital local sin ser identificado. Presentaba lesiones en la cabeza y estaba sucio; luego, se le diagnosticó una contusión cerebral. Los médicos indicaron que era necesario realizarle una tomografía computada. No obstante, en ese hospital no contaban con los equipos adecuados para efectuarla, por lo que debía ser trasladado a un hospital regional. Esa medida no se llevó a cabo y, a los pocos días, VK falleció. Cuando la madre reconoció el cuerpo, advirtió que presentaba signos de tortura y que tenía sangre en el pelo. La madre de VK denunció a los oficiales de la policía que intervinieron en su detención y a los médicos que lo trataron. Debido al tiempo transcurrido en la tramitación de los procesos judiciales los tribunales locales consideraron que la causa se encontraba prescripta. A su vez, en los casos en los que tuvo una sentencia favorable, la madre manifestó no haber recibido la indemnización establecida por el tribunal.
27-abr-2017Schmidt v. LetoniaEn el año 1970 la peticionaria había contraído matrimonio con A.S. Desde 1980 y, al menos, hasta 1986, la pareja convivió en un departamento alquilado en Hamburgo (Alemania). En 1992 se mudaron a Riga (Letonia), donde adquirieron una vivienda. Ella regresó a Alemania en 1999 y la pareja mantuvo contacto, únicamente, por vía telefónica. A.S. inició un proceso de divorcio ante un tribunal de Riga en diciembre de 2003. Manifestó que había conversado telefónicamente con la peticionaria, que se negó a discutir la división de los bienes que tenían en común. Asimismo, informó que el último domicilio que conocía de ella era el que compartieron en Letonia. El tribunal le envió una notificación a ese sitio; sin embargo, el Correo informó que la mujer ya no vivía allí. Entonces, se la citó a una audiencia por medio del Boletín Oficial. El juzgado concedió el divorcio a comienzos de abril del año 2004. Poco tiempo después, A.S. contrajo matrimonio con otra mujer y, al día siguiente, falleció. La peticionaria tomó conocimiento del divorcio el día que arribó a Riga para asistir al funeral de A.S. Ante estos hechos, la peticionaria reclamó judicialmente. Sostuvo que vivía en Alemania y que no tuvo conocimiento del proceso judicial de divorcio que se había sustanciado. El tribunal superior de Riga sostuvo que, dado que no conocía la dirección de la demandada, su accionar se había adecuado a las normas que rigen el procedimiento civil.
2-mar-2017Talpis v. ItaliaUn hombre y una mujer tuvieron un hijo y una hija en el marco de su matrimonio. En ese momento, el hombre comenzó a presentar signos de alcoholismo. A su vez, en distintas oportunidades, golpeó a su pareja y a su hija. La esposa denunció los episodios ante la policía. Durante su intervención, los oficiales constataron las heridas ocasionadas. Sin embargo, no se inició un proceso judicial. Un mes más tarde, la mujer fue víctima de un nuevo ataque. Ante una nueva denuncia, la policía sólo comprobó la identidad del hombre y le ordenó alejarse de ella. La mujer abandonó su hogar y, a través de una organización que asistía a las víctimas de violencia de género, presentó una denuncia por malos tratos y violencia. En su presentación, solicitó a las autoridades una acción rápida que protegiese a ella y a sus hijos. La organización puso a su disposición una vivienda. Luego de tres meses, el servicio social local informó que no contaba con recursos suficientes para proteger a la víctima en ese sitio y que debía abandonarlo. No obstante, señaló que antes de contar con la asistencia, debía realizar una presentación ante el servicio social local. La mujer comenzó a vivir en la calle hasta que una amiga le hospedó. Posteriormente, consiguió trabajo. Siete meses después de realizar la presentación a través de la organización, la mujer fue interrogada por la policía por primera vez. En esa oportunidad, cambió sus declaraciones. Señaló que su marido era un buen padre de familia y que, más allá de su adicción al alcohol, la situación en su hogar era calma. De esa manera, la investigación judicial fue finalizada. Luego de algunos meses, una nueva denuncia de violencia fue recibida por la policía. El marido fue detenido en estado de intoxicación y se lo liberó a las pocas horas. El hombre volvió al hogar y con un cuchillo hirió a su hijo. El joven murió. Las investigaciones fueron reabiertas. El hombre fue condenado a prisión perpetua por el homicidio de su hijo y los malos tratos hacia la mujer y su hija.