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FechaTítuloResumen
18-ene-2022ACIJ (Causa 175688)La provincia de Salta declaró la emergencia sociosanitaria de los departamentos de Orán, San Martín y Rivadavia. Luego, la situación se agravó debido a la circulación de enfermedades endémicas de la zona y del virus COVID-19, que afectó en particular a los niños, niñas y adolescentes de las comunidades indígenas de la región. Por ese motivo, los representantes de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia, y la Comisión Directiva Wichi Misión La Loma presentaron un amparo colectivo contra el Estado provincial a fin de que se implementen políticas públicas de salud diseñadas con el paradigma de interculturalidad. En ese sentido, solicitaron que la demandada reglamente la ley provincial Red de Apoyo Sanitario Intercultural e Interinstitucional para Pueblos Originarios, garantice su implementación y destine las partidas presupuestarias correspondientes. Asimismo, como medida cautelar y según lo establecido por el artículo 2 de la referida norma, pidieron que se designen facilitadores interculturales bilingües que ayuden en la comunicación y acompañen a las personas hospitalizadas. Además, de acuerdo al artículo 3, solicitaron el establecimiento de hospedajes transitorios en los principales hospitales para la atención y contención de los pacientes provenientes de pueblos originarios y sus familiares.
4-sep-2020Chilo (causa N° 119538)La señora S. de 33 años era madre de cuatro hijos y denunció por violencia familiar a su ex pareja, el señor Chilo, quien se desempeñaba como agente de la policía de la Provincia de Salta. Ante la denuncia, el departamento de policía tomó conocimiento de que Chilo se encontraba en estado de labilidad emocional. Sin embargo, no adoptó ninguna medida en relación con el denunciado, quien siguió portando su arma reglamentaria. Después de esta primera denuncia, el agente disparó a S. con su arma reglamentaria y le ocasionó la muerte. En el marco del proceso penal, los padres e hijos de la víctima se constituyeron como querellantes y parte actora civil y demandaron por daños y perjuicios a Chilo y al estado provincial. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción. En lo sustancial condenó a la Provincia de Salta a pagar, en forma solidaria, conjunta y mancomunada, la suma total de $ 2.600.000 (dos millones seiscientos mil pesos) en concepto de reparación integral por el daño causado por la muerte de S. Contra esa decisión, los demandados interpusieron un recurso de apelación. Entre sus agravios la provincia expresó la falta de motivación y ausencia de fundamentación de la condena.
31-jul-2018DGL (causa N° 75736)Una mujer sufría violencia de género por parte de su pareja. En una oportunidad, se encontraban con unos amigos tomando alcohol, cuando el hombre comenzó a golpear a la mujer en la cara. Luego, agarró un palo que utilizó para lesionar a su pareja. En ese momento, la mujer sacó un cuchillo de entre sus prendas y lo hirió en el lado izquierdo del tórax, causándole la muerte. Por ese hecho la mujer fue imputada por el delito de homicidio calificado. En la etapa del juicio oral, la acusada declaró que habían consumido estupefacientes y alcohol durante varios días. Al momento del hecho el hombre la celaba y la golpeó para que no mirara a otros varones. Explicó que, en un primer momento, el cuchillo lo tenía él y cuando le pegó se le cayó de la cintura por lo que ella lo tomó y lo guardó para protegerse. Entonces, comenzó a golpearla con un palo y para defenderse le clavó el cuchillo. Agregó que no quería hacerle daño, que convivía con él desde que tenía quince años y que peleaban mucho. Por otra parte, del informe psicológico surgía que la mujer tenía un tono de voz disminuido y una marcada inestabilidad emocional junto a una gran cantidad de ira acumulada originada por las situaciones de estrés y consumo de sustancias tóxicas. Asimismo, señaló que la mujer había sufrido un sometimiento físico y psicológico de su pareja. El Tribunal Oral condenó a la imputada a la pena de ocho años de prisión por el delito de homicidio calificado por el vínculo mediando circunstancias de atenuación. Para decidir de esa manera, el Tribunal sostuvo que la mujer había actuado “movida por la bronca” que le tenía a su pareja debido a tantos años de maltrato. Contra esa decisión la defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones planteó que su asistida se encontraba en un estado de vulnerabilidad porque era adolescente cuando inició su relación de pareja y resultó ser víctima de violencia de género. En varias oportunidades la había amenazado con matar al hijo que tenían en común y la obligaba a prostituirse para solventar sus adicciones. Por esa razón explicó que el encuadre jurídico impuesto por el Tribunal se alejaba de toda perspectiva de género y que no alcanzaba con hablar de circunstancias extraordinarias de atenuación para reducir la pena.