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FechaTítuloResumen
15-mar-2016O, GA c. Estado Nacional-Ministerio de SaludUna persona interpuso una acción de amparo contra el Estado Nacional-Ministerio de Salud de la Nación y la provincia de Córdoba-Ministerio de Salud de la provincia. Ello, con el objeto de que se le reconozca la plena cobertura y asegure la autorización y provisión regular e ininterrumpida de ciertos medicamentos indicados por su médico psiquiatra. El Estado Nacional-Ministerio de Salud de la Nación interpuso una excepción de falta de legitimación pasiva con base en la exclusiva responsabilidad del Estado provincial por la ejecución del programa “Incluir Salud”.
15-mar-2016OGA (Juz)Una mujer, con el patrocinio letrado de la Defensora Pública Ad Hoc, interpuso contra el Estado Nacional y Estado Provincial una acción de amparo a fin que se le otorgue plena cobertura y asegure la autorización y provisión regular e ininterrumpida en forma mensual de diversos medicamentos.
5-dic-2014Juarez, Adrian Francisco y otro c. ANSESEl accionante inició una acción de amparo contra la ANSES para que otorgue el certificado de discapacidad de su hijo –con diagnóstico de enfermedad celíaca– y se lo reincorpore al régimen de la asignación por hijo con discapacidad. El juzgado de grado hizo lugar al amparo.
12-sep-2014L, MGEl Juzgado de Paz de Villa Nueva había dispuesto el allanamiento de una finca a fin de secuestrar un arma de fuego. La orden no contenía fundamentación alguna. Ante el hallazgo sorpresivo de material estupefaciente y posterior detención de una persona que vivía en el domicilio allanado, no se le dio intervención al Juzgado Federal correspondiente. La defensa solicitó la nulidad de todo lo actuado.
30-abr-2014Juarez, Adrian Francisco y otro c. ANSES y otros s. amparo ley 16.986 (medida cautelar)En este fallo, el Juzgado Federal hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la Defensoría Pública Oficial y ordenó a la ANSES que proceda a reincorporar al accionante y su hijo al régimen de asignaciones familiares por hijo discapacitado y, en consecuencia, al goce efectivo, inmediato, íntegro y provisorio del beneficio que se encontraba percibiendo hasta el mes de diciembre de 2013, por el término de seis meses, puesto que la no percepción de dicha asignación implicaría un perjuicio a la calidad de vida que puede aspirar el joven en relación a la educación, alimento, salud y demás necesidades básicas a cubrir.