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FechaTítuloResumen
23-abr-2020Acordada 5.2020Frente a la declaración de emergencia penitenciaria y sanitaria se incrementó el riesgo generado por la relación superpoblación carcelaria y pandemia COVID-19. En ese sentido, diversos organismos nacionales e internacionales recomendaron la reducción de la población en las cárceles a fin de reducir el foco de infección probable respecto de personas que se encontraban en situación de vulnerabilidad. A partir de la feria extraordinaria declarada con motivo de la emergencia sanitaria, el ingreso de expedientes a la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional se duplicó. Los trámites se encuentran circunscriptos a cuestiones de excarcelaciones, exenciones de prisión, habeas corpus, arrestos domiciliarios y liberación de personas privadas de libertad en la etapa de ejecución. Por esa razón, y con la intención de proceder a un abordaje más eficiente de la situación, la Cámara efectuó una serie de recomendaciones.
7-abr-2020Gonzalez (causa n°61635)Un hombre fue condenado a la pena de seis años y nueve meses de prisión por el delito de tráfico de estupefacientes agravado por la intervención de tres o más personas. La sentencia no se encontraba firme. El hombre tenía diabetes y se hallaba alojado en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza. Frente a la declaración de emergencia sanitaria, su defensa solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. En su presentación planteó que su asistido se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante un eventual contagio del virus COVID-19. A su turno, la fiscalía se opuso por considerar que el CPF I cumplía con los resguardos necesarios para preservar su salud. Entonces, el tribunal le ordenó al complejo que dispusiera el aislamiento y distanciamiento obligatorio del imputado respecto del resto de la población penitenciaria. La unidad no respondió la orden judicial.
1-abr-2020Millan (causa N° 14926)Un hombre había sido condenado a la pena de dos meses de prisión en suspenso. Luegofue detenido e imputado por el delito de hurto. El hombre se hallaba alojado en el Complejo Penitenciario II de Marcos Paz. El juzgado dispuso su prisión preventiva. Para así decidirlo tuvo en consideración su antecedente condenatorio y su situación de desarraigo y concluyó que en el caso existía riesgo de fuga.Transcurrido un mes de detención, su defensa solicitó que se le concediera la excarcelación. La fiscalía se expidió de manera desfavorable al pedido y sostuvo que, en caso de recaer sentencia condenatoria, la pena se debía unificar con la anterior y su monto superaría el tiempo que llevaba en prisión preventiva.