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FechaTítuloResumen
13-jul-2022Anriquez (causa N° 70578)En el marco de una investigación por el delito de estafa, se investigó a una mujer por la recepción de una suma de dinero depositada por una de las víctimas. Al tomar conocimiento de la investigación, ella se presentó de manera voluntaria ante la justicia. Por el hecho, fue procesada con prisión preventiva por el delito de asociación ilícita de carácter transnacional en calidad de miembro y coautora del delito de estafa. El 6 de septiembre de 2021 fue detenida. La mujer no registraba antecedentes penales y, al momento de su detención, acreditó contención familiar. La defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido de la defensa, por lo que se interpuso un recurso de apelación. La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, por mayoría, rechazó el pedido. Para decidir de esta manera, estimó que esa misma Sala había homologado dos veces el rechazo de pedidos similares en ocasiones anteriores y que las circunstancias objetivas en las que se habían fundado no se habían modificado sustancialmente. Además, sostuvieron que la invocación efectuada por la defensa del art. 317, inc. 5to., del CPPN, en función del lapso de detención, no lograba conmover los fundamentos de la decisión recurrida, ya que el encarcelamiento resulta necesario, con el propósito de asegurar la realización del juicio. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación.
7-jul-2022Ríos (causa N° 21633)El 30 de abril de 2022, un hombre fue detenido y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo simple reiterado en dos oportunidades. El hombre registraba cuatro procesos penales en curso y carecía de antecedentes condenatorios o declaraciones de rebeldía. Al momento de su detención, el hombre acreditó que vivía con su pareja y aportó sus datos identificatorios. Entonces, su defensa solicitó su excarcelación. El juzgado rechazó el pedido de la defensa, por lo que se interpuso un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó la decisión, por considerar, entre otras cuestiones, que aunque el caso encuadraba en la segunda hipótesis del art. 316 ­por remisión del art. 317, inc. 1°­ del Código Procesal Penal, existían riesgos procesales. En esa línea, concluyó que por las causas que el hombre imputado tenía en trámite no se sometería voluntariamente a la jurisdicción. Además, sostuvo que pese a que su domicilio fue constatado, las medidas alternativas resultaban insuficientes para garantizar su sujeción al proceso. También destacó que el tiempo en detención no resultaba desproporcionado. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.
7-abr-2022Segovia (causa N° 4738)Un hombre fue procesado con prisión preventiva por el delito de lesiones leves agravadas, privación ilegal de la libertad y amenazas agravadas por mediar violencia de género y una relación de pareja, en concurso ideal. Al momento de su detención se identificó correctamente y fue encontrado en el domicilio constituido. Luego, se acreditó que tenía trabajo estable y que contaba con contención material y familiar. El hombre no contaba con antecedentes penales. La defensa solicitó su excarcelación, la cual fue concedida el 4 de febrero de 2022, bajo caución juratoria. En esa oportunidad el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n°45 también dispuso la prohibición de acercamiento a la damnificada y libró un oficio a la comuna vecinal a los fines de que refuerce la prevención en el radio correspondiente al domicilio donde residía la víctima. Frente a esto, el representante del Ministerio Público Fiscal presentó un recurso de apelación. La Sala VI de la Cámara del Crimen hizo lugar al recurso interpuesto y ordenó su inmediata detención, que se llevó a cabo el 22 de febrero de 2022. Para decidir de esa manera, consideró, entre otras cuestiones, que aunque la escala penal permitía que una eventual condena fuese dejada en suspenso existían riesgos procesales que no podían ser neutralizados por otras medidas menos lesivas que la privación de la libertad. Ello, debido a la naturaleza de los hechos atribuidos y las características de los delitos por los que el hombre fue procesado. Además, indicó que existía peligro de entorpecimiento de la investigación porque no se podía descartar que el imputado pudiera intimidar a la víctima o atentar contra su integridad física . También se destacó que las medidas dispuestas por el juzgado eran insuficientes ya que los hechos investigados habrían ocurrido en una situación de violencia de género y debían tenerse en cuenta los compromisos asumidos por el Estado en esa materia. Contra esta decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.