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31-mar-2021Rodríguez (causa N° 404)Una persona se encontraba detenida sola en una celda de una alcaidía. En el marco de un control rutinario, el personal policial halló cinco cigarrillos (2, 2 gramos) de marihuana entre sus pertenencias. Por ese motivo, la persona fue imputada por el delito de tenencia de estupefacientes para uso personal. El representante del Ministerio Público Fiscal requirió la elevación de la causa a juicio. Por su parte, la defensa consideró que correspondía aplicar el precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “Arriola” y solicitó su sobreseimiento. La jueza interviniente rechazó el pedido de la defensa e hizo lugar a la elevación a juicio propuesta por el representante del Ministerio Público Fiscal. Para decidir de esa manera, consideró que la condición de detenido de la persona imputada excluía la aplicación del precedente invocado. La defensa apeló esta decisión. La Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia hizo lugar a la impugnación, dictó el sobreseimiento de la persona imputada y declaró la inconstitucionalidad del artículo 14, segundo párrafo, de la ley N° 23.737. Contra esa decisión, el representante del Ministerio Público Fiscal interpuso un recurso de casación.
5-sep-2014M, LTres personas detenidas habían sido halladas con escazas cantidades de material estupefaciente. Por ese motivo, fueron imputadas por tenencia de estupefacientes para consumo personal. El juzgado de primera instancia los sobreseyó por aplicación del fallo "Arriola" de la CSJN. Ante el recurso presentado por el fiscal, la Cámara revocó el pronunciamiento. Para llegar a esa decisión, los jueces indicaron que la situación no podía ser equiparada a una actividad privada o íntima. A su vez, adujeron que el ámbito carcelario hacía factible el consumo de terceros y, por ende, un daño que tornaba inaplicable el estándar de la Corte.