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19-dic-2017PDA (causa N° 41489)Una persona formaba parte de una organización dedicada al comercio de estupefacientes. Los días 14 y 31 de octubre de 2016, declaró en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737. Dicha norma autorizaba la reducción o eventual exención de la pena a quien aportara datos en carácter de arrepentido. Con fecha 2 de noviembre de 2016, entró en vigencia la ley Nº 27.304, que derogó ese artículo. La nueva ley sólo preveía la reducción de las penas a las escalas previstas para la tentativa. El 28 de marzo de 2017, la persona declaró nuevamente. Su declaración fue formalizada mediante el acuerdo de colaboración previsto en el artículo 7 de la ley Nº 27.304. A partir de la información aportada por el imputado, se dispusieron diversas medidas de investigación y se identificaron y detuvieron diversos miembros de una organización criminal dedicada a la comercialización de estupefacientes. El juzgado dictó su procesamiento. Contra esa resolución, las defensas interpusieron sendos recursos de apelación.
20-oct-2017MMBD (causa N° 3067)Una persona se encontraba detenida por la comisión del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. El imputado declaró como arrepentido y celebró un acuerdo de colaboración en los términos del artículo 4 de la ley Nº 27.304. La defensa solicitó su excarcelación. El Tribunal Oral rechazó el planteo por entender que, hasta ese momento, no se había corroborado la eficacia de los datos aportados. Sin embargo, posteriormente, la fiscalía informó que se había producido un importante avance en la investigación de la organización criminal que incluyó el secuestro de droga y armas. Por tal razón, consideró que correspondía la excarcelación del imputado y la reducción de dos años en la pena, en caso de recaer sentencia condenatoria.
16-ago-2016FJL (causa N° 9536)Una mujer se encontraba imputada por el delito de contrabando de estupefacientes tentado. En el marco de su declaración indagatoria, manifestó que había sido amenazada y coaccionada para transportar la droga. En tal sentido, individualizó a varias de las personas involucradas en la maniobra. A partir de los datos aportados, se dispuso una serie de medidas de investigación. Durante el debate, la defensa consideró que correspondía una reducción en la pena que le cabría a su asistida. En tal sentido, indicó que, aunque todavía no se había dictado el procesamiento de ninguna persona, la información aportada por su asistida era relevante en los términos del artículo 29 ter de la ley Nº 23.737.