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FechaTítuloResumen
11-ago-2020Larramendi (causa N° 3698)Una persona había sido condenada a la pena única de tres años de prisión. La pena se agotaba el 22 de julio de 2020. Luego, un tribunal la condenó, por otro hecho, a la pena de tres meses de prisión y a la pena única de tres años y dos meses. Durante su detención no registró sanciones disciplinarias, se encontraba en fase de socialización y había sido calificada con concepto regular y conducta ejemplar. Además, había cursado una materia de alfabetización y su alta laboral se encontraba en trámite. Por otro lado, el Servicio Penitenciario señaló que, dada la proximidad con que se iba a agotar la pena, no era posible evaluar su evolución en relación al programa de tratamiento individual. Por esa razón, el pronóstico de reinserción social fue desfavorable. En junio del 2020, la defensa solicitó que se dispusiera la libertad de su asistido por agotamiento de la pena, por considerar que no se habían respetado los estándares mínimos de detención sobre los que el Estado era garante. En subsidio, solicitó que se incorporara a su asistido al régimen de libertad condicional. Sobre este aspecto, sostuvo que debía tenerse como fecha límite el mes de septiembre, en razón de los dos meses agregados por la última pena única impuesta. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso a lo requerido por la defensa. Entre sus argumentos, señaló que existía una diferencia entre la pena única impuesta y la cantidad de días que la persona había cumplido en prisión.
27-nov-2017Ruiz Diaz (causa Nº 55772)En diciembre de 2014 un hombre fue condenado a la pena única de cinco años de prisión (causa N° 4283). En noviembre del 2017 fue juzgado por un robo cometido el 10 de octubre de 2013 (causa N° 18146). El imputado suscribió un acuerdo de juicio abreviado en el que se pactó la pena de cuatro meses de prisión. Además, se convino la imposición de una pena única de cinco años de prisión.
16-sep-2015Nuñez, Brian (excarcelación)La defensa del imputado, con arreglo a lo resuelto por la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional en relación a la pena única y la declaración de reincidencia impuestas al imputado, solicitó su excarcelación de conformidad con lo establecido en el artículo 317, inciso 5º del CPPN.
11-sep-2015Nuñez, BrianEl tribunal oral condenó al imputado a la pena de cuatro años y seis meses de prisión y le impuso la pena única de once años de prisión, comprensiva de aquella y la de siete años y seis meses que le fuera impuesta por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 3 de San Isidro. Contra esta decisión, la defensa interpuso recurso de casación.