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Fecha | Título | Resumen |
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23-nov-2010 | Vélez Loor v. Panamá | Jesús Tranquilino Vélez Loor, de nacionalidad ecuatoriana, fue retenido el 11 de noviembre de 2002 en el Puesto Policial de Tupiza, en la provincia del Darién, República de Panamá. El motivo fue por no portar la documentación necesaria para permanecer en dicho país. Posteriormente, la Directora Nacional de Migración y Naturalización del Ministerio de Gobierno y Justicia dictó una orden de detención en su contra. El peticionario fue trasladado a una cárcel pública. El 6 de diciembre de 2002 se resolvió imponerle una pena de dos años de prisión por haber infringido las disposiciones del Decreto Ley Nº 16 sobre Migración de 30 de junio de 1960. La referida resolución no le fue notificada al peticionario. El 18 de diciembre de 2002, fue trasladado al centro penitenciario La Joyita. Mediante resolución de 8 de septiembre de 2003, la Directora Nacional de Migración resolvió dejar sin efecto la pena impuesta. El 10 de septiembre de 2003, fue deportado hacia Ecuador. Tras ser devuelto a su país, el señor Vélez Loor alegó haber sido víctima de actos de tortura y malos tratos ocurridos durante su estancia en los diversos centros penitenciarios. |
18-ago-2010 | PLJM c IOMA | El curador definitivo de una persona con discapacidad inició una acción de amparo contra el Instituto de Obra Médico Asistencial con el objeto de obtener una cobertura integral de la prestación “Formación Laboral, Jornada Doble” sin limitaciones temporales. El juzgado de primera instancia hizo lugar a la acción de manera parcial y ordenó al IOMA suministrar al amparista la continuidad de las prestaciones, conforme con la normativa aplicable. Contra dicha resolución, la parte actora interpuso un recurso de apelación. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo con asiento en La Plata, rechazó el recurso. El accionante interpuso recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley. |
19-may-2010 | BVE (Causa N° 537) | Una mujer fue diagnosticada con esclerosis múltiple. Por ese motivo, se le indicó un tratamiento con la vacuna T- linfocitaria. En ese contexto, solicitó a su obra social la cobertura integral. Ante la negativa, la mujer interpuso una acción de amparo contra esta última y contra el Estado Nacional de forma subsidiaria. El juzgado de primera instancia rechazó la petición. Frente a esa decisión, la actora presentó un recurso de apelación. A su turno, la Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal confirmó el rechazo de la acción. Para arribar a esa conclusión, tuvo en cuenta el carácter experimental del tratamiento, dado que no se encontraba aprobado en la Argentina ni en otros países. Afirmó además que no estaba incluido en el Programa Médico Obligatorio. Asimismo, expresó que la actora había cuestionado al Cuerpo Médico Forense, pero no objetó los fundamentos científicos de sus dictámenes. En ese contexto, la mujer planteó un recurso extraordinario, cuya denegación motivó la interposición de un recurso de queja. |
20-abr-2010 | Baldivieso, Cesar Alejandro | En octubre de 2002, la guardia de emergencias del Hospital San Bernardo puso en conocimiento de la policía que ingresó una persona para ser atendida a raíz de una obstrucción intestinal a la que se le extrajeron del cuerpo trece cápsulas con material estupefaciente. El paciente fue imputado por la comisión del delito transporte de estupefacientes y, posteriormente, condenado por ese delito a la pena de cuatro años de prisión, multa de doscientos veintiséis pesos e inhabilitación absoluta por el término de la condena. La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso de la defensa, declaró la nulidad de todo lo actuado y se absolvió al imputado. |