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13-mar-2018Carvajal Carvajal y otros v. ColombiaEl 16 de abril de 1998, Nelson Carvajal Carvajal, periodista colombiano que informaba y denunciaba hechos de corrupción y de lavado de dinero provenientes del narcotráfico en Colombia, recibió siete disparos de arma de fuego que provocaron su muerte. Durante la investigación del homicidio, la fiscalía elaboró diversas hipótesis en relación con los autores del hecho y concluyó que, de los elementos de prueba recolectados, podía deducirse que el homicidio del periodista había sido con ocasión de su profesión. Finalmente, fueron procesados un empresario local, un exconcejal y otro individuo. En 2001, un tribunal absolvió a los imputados por aplicación del principio in dubio pro reo. Posteriormente, la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía desarrolló nuevas líneas de investigación con el fin de encontrar a los autores del homicidio. Sin embargo, no se lograron avances significativos hasta la actualidad. Mientras se desarrollaba el proceso, varios testigos y familiares de la víctima sufrieron amenazas y hostigamiento, por lo que solicitaron su inclusión en programas estatales de protección de víctimas. No obstante, los episodios de amenazas persistieron y algunos integrantes de la familia Carvajal –cuatro de ellos menores de edad– debieron migrar de Colombia.
1-sep-2016Herrera Espinoza y otros v. EcuadorEl 2 de agosto de 1994, cuatro hombres fueron detenidos en el marco de una serie de allanamientos realizados en la ciudad de Quito, Ecuador. Al día siguiente, la policía ordenó “legalizar” dichas detenciones mediante la confección de boletas exigidas por la legislación vigente y dispuso su prolongación por 48 horas. En ese contexto, las víctimas fueron sometidas a actos de tortura y forzadas a admitir la comisión de delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes. Posteriormente, al prestar declaración indagatoria ante sede judicial, denunciaron que sus confesiones habían sido obtenidas bajo coacción y desconocieron su contenido. No obstante, tras permanecer cuatro años en prisión preventiva, dos de los hombres fueron condenados a penas de cinco y seis años de prisión, respectivamente. Para dictar esas condenas, el tribunal consideró como prueba válida las confesiones iniciales, al entender que habían sido rendidas de forma libre y creíble, y desestimó el desconocimiento posterior. Durante su detención, una de las víctimas presentó una acción de hábeas corpus, la cual fue rechazada seis meses después por las autoridades judiciales, que consideraron que el tiempo de prisión preventiva no era excesivo. Los otros dos hombres se fugaron durante el curso de la investigación penal, lo que motivó la suspensión del proceso en su contra.