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Fecha | Título | Resumen |
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10-jul-2019 | FMM (Causa Nº 5349) | Una joven de diecisiete años fue imputada por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. En la etapa de juicio cumplió dieciocho años y suscribió un acuerdo de juicio abreviado. La fiscalía solicitó que se declarara su responsabilidad penal por aplicación de la ley Nº 22.278 y que fuera sometida a un año de tratamiento tutelar. Además, manifestó que en caso de que el resultado del tratamiento indicara que era innecesaria la aplicación de una sanción, requeriría su absolución. El Tribunal Oral declaró su responsabilidad penal y señaló que el tratamiento no procedía ya que la joven había adquirido la mayoría de edad. En cambio, consideró que podía suplirse con un in-forme sobre su conducta y pidió que la policía provincial lo elaborara. La policía informó que la joven estaba desempleada, que se había mudado en varias oportunidades y que, según dos vecinos, continuaba con la venta de estupefacientes. En la audiencia fijada para la evaluación de la conveniencia de la aplicación de una pena, la fiscalía valoró de forma negativa el resultado del informe policial sobre la joven y solicitó que se la condenada a una pena de cuatro años de prisión. El Tribunal Oral la condenó a la pena de dos años de prisión en suspenso y le impuso el cumplimiento de una serie de reglas de conductas por el mismo plazo. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. La fiscalía ante la CFCP peticionó que se hiciera lugar a la impugnación por compartir los argumentos de la defensa. En particular, sostuvo que el in-forme no suplía en el caso la exigencia del tratamiento tutelar necesario para determinar la pena, de acuerdo al artículo 4 de la ley N° 22.278. |
28-sep-2016 | CRS (causa N° 1690) | Dos hombres se encontraban en la vía pública. Personal policial los observó, consideró que se encontraban en actitud sospechosa y les solicitó que se identificaran. Entonces, intentaron huir. Uno de ellos, de diecisiete años, fue detenido. En ese momento, se encontraron, entre sus pertenencias, siete paquetes con cinco kilos de marihuana. Por esa razón, fue imputado por el delito de transporte de estupefacientes en concurso real con desobediencia a la autoridad. Durante el trámite de las actuaciones, no fue sometido a un tratamiento tutelar. En la etapa de juicio, cumplió dieciocho años y suscribió un acuerdo de juicio abreviado. La fiscalía solicitó que se lo condenara a la pena de cuatro años de prisión. Sin embargo, dejó a criterio del tribunal la aplicación de la ley N° 22.278. |
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