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Fecha | Título | Resumen |
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5-ago-2019 | Tercero (causa Nº 10818) | Dos hombres se encontraban en el puesto 28 de la frontera de Orán y uno de ellos cargaba un bulto grande envuelto en lona en su espalda. Personal de la Gendarmería Nacional requirió su control y convocó a dos testigos. En el interior del bulto se halló una caja de cigarrillos. La caja contenía trozos de telgopor y una mochila, donde se encontraron trece paquetes con cocaína. Por ese hecho fueron imputados por el delito de transporte de estupefacientes. Los imputados explicaron ante la Gendarmería que trabajaban haciendo changas y que habían sido contratados por una señora conocida para el traslado de cigarrillos. Además, relataron que por ese trabajo iban a recibir mil pesos, que era el monto usual que se abonaba por ese tipo de traslados. En el mismo sentido se expidieron en la declaración indagatoria. Durante la audiencia de debate, prestaron declaración testimonial los testigos del procedimiento y los agentes de la Gendarmería. Explicaron que el día del hecho los imputados se encontraban muy tranquilos y que habían manifestado de manera espontánea que trasladaban cigarrillos. Asimismo, los gendarmes relataron que en la zona del procedimiento era habitual el paso de “bagayeros”. Por su parte, la fiscalía alegó que los imputados posiblemente habían percibido que trasladaban cigarrillos, como en otras ocasiones habían hecho, y que el tráfico de la marca de cigarrillos encontrada se había incrementado en el último tiempo. En tal sentido, consideró que habían confiado en la señora que los había contratado y, en consecuencia, propuso su absolución por aplicación del principio in dubio pro reo. La defensa se pronunció en el mismo sentido y solicitó la absolución de sus asistidos. |
18-oct-2018 | Martínez Hassan (reg. Nº 1103 y causa Nº 7158) | Una mujer boliviana intentó cruzar la frontera de Villazón–La Quiaca a través de un paso no habilitado. Allí fue interceptada por personal de la Gendarmería Nacional, que le solicitó que exhibiera su documentación y el contenido de la mochila que transportaba. La mujer mostró su cédula de identidad y, al abrir la mochila, los agentes observaron en su interior paquetes con 6 kilos de cocaína. La mujer se angustió y explicó que el bolso no le pertenecía y que su vida corría peligro. Finalmente, fue detenida e imputada por el delito de contrabando de estupefacientes, agravado por el destino de comercialización. Al declarar en las etapas de instrucción y de juicio oral, la mujer manifestó que su hijo se encontraba enfermo y necesitaba una operación. En tal sentido, explicó que carecía de los medios económicos para afrontar la intervención y que, por tal razón, se le ofreció ejercer la prostitución. En tal sentido, relató que viajó desde La Paz a Villazón, donde fue recibida por un hombre que la alojó en una habitación. Al manifestar su deseo de regresar a su ciudad, el hombre le manifestó que había generado gastos de traslado, comida y alojamiento que debía compensar. En ese contexto, fue trasladada a la frontera con Argentina, donde le indicaron que –para saldar la deuda– debía entregar una mochila y, luego, regresar a Bolivia. La defensa planteó que su asistida había sido coaccionada por una red de prostitución y tráfico de estupefacientes que se había aprovechado de su situación de vulnerabilidad. En tal sentido, consideró aplicable el artículo 5 de la Ley de Trata de Personas (N° 26.364) y solicitó su absolución. El Tribunal Oral condenó a la mujer a la pena de seis años de prisión. Para decidir de esa manera, sostuvo que el relato de la imputada resultaba falaz, mendaz y absurdo. Además, entendió que la imputada había contado con libertad ambulatoria y que no se habían configurado los medios comisivos necesarios para demostrar que había sido víctima del delito de trata de personas. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. |
7-ago-2017 | BNL (causa nº 1545) | Una persona se presentó ante una sucursal del Correo Argentino y despachó una encomienda con destino a España. El sobre fue controlado por personal policial en el Aeropuerto de Ezeiza. En su interior se hallaron, escondidos dentro de un libro infantil, dos paquetes con 200 gramos de cocaína. El hecho fue calificado como contrabando de estupefacientes en grado de tentativa. En oportunidad de declarar, la imputada explicó que era madre de cuatro hijos, que constituía el único sustento económico de su familia y que por razones de salud se vio obligada a dejar su trabajo de remisera. En esa línea, relató que se ofreció a enviar encomiendas a pedido y que, en relación al hecho puntual, desconocía tanto a la persona que le entregó el sobre como su contenido. En la audiencia de debate, prestaron declaración testimonial diversas personas que dieron cuenta del severo estado de vulnerabilidad de la imputada. Finalmente, el representante del Ministerio Público Fiscal postulo su absolución. Entre otras cuestiones, consideró que no se encontraba probado que conociera el contenido de la encomienda. |
11-may-2015 | RSC (causa N° 99000209) | Una mujer se presentó ante una sucursal del Correo Argentino y despachó una encomienda con destino a Canadá. El sobre fue controlado por personal policial en el aeropuerto. En su interior se hallaron, escondidos dentro de cuatro blisters, 291 gramos de cocaína. El hecho fue calificado como contrabando de exportación de estupefacientes destinados a su comercialización, en grado de tentativa. En oportunidad de prestar declarar indagatoria, la imputada explicó que era madre de cuatro hijos, único sustento económico de su familia y que cursaba el nivel secundario de sus estudios a través de un programa especial. De los informes sociales incorporados al expediente, se desprendía que se encontraba en una severa situación de vulnerabilidad. En su alegato, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la absolución de la mujer por considerar que no existían elementos de prueba para tener por acreditado que hubiera actuado con dolo. |
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