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29-oct-2019RCE (Causa Nº 733)Una mujer vivía con su expareja y sus tres hijos y sufría violencia de género del hombre de forma regular. En una oportunidad, la empujó y golpeó y la llevó hasta la cocina, donde ella tomó un cuchillo y lo hirió en el abdomen. Luego, huyó del domicilio. Por ese hecho, fue imputada por el delito de lesiones graves. En el informe médico se dejó constancia de que la mujer poseía hematomas y dolores en el abdomen y en las piernas y que tenía dolor en el rostro. En su declaración indagatoria, explicó que había pensado que el hombre la iba a matar porque “le pegaba y le pegaba” y que solo había dado “un manotazo” para defenderse. Por su parte, el hombre prestó declaración testimonial y negó haber agredido a la mujer. El Tribunal Oral condenó a la imputada a la pena de dos años de prisión en suspenso. Para decidir de ese modo, consideró que su declaración no resultaba verosímil ya que, si bien había indicado haber sufrido golpes en la cabeza, no se habían constatado hematomas en su cara. En tal sentido, concluyó que el hecho se había tratado de una "agresión recíproca" y negó que hubiese constituido un caso de violencia de género. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación. En particular, señaló que su asistida había actuado en legítima defensa y que las lesiones previas acreditaban la ventaja física del hombre sobre su asistida y fundamentaban el temor por su integridad. En esa línea, refirió que la mujer había utilizado el único medio que tenía a su alcance para defenderse. La fiscalía dictaminó en favor del planteo. El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires rechazó la impugnación. Entonces, la defensa interpuso recursos de inaplicabilidad de la ley y de nulidad por entender que la resolución resultaba arbitraria y carecía de fundamentación. La Suprema Corte de Justicia de la provincia desestimó las presentaciones. En relación con el recurso de inaplicabilidad, consideró que no cumplía con los requisitos establecidos por el Código Procesal Penal provincial y que la arbitrariedad alegada no había sido planteada de forma adecuada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal.
16-abr-2019Mendoza (Reg. Nº 398 y causa Nº 90940)Un varón y una mujer (expareja) se encontraban en un vehículo cuando se provocó un incendio. El hombre sufrió severas quemaduras, fue atendido por una ambulancia y trasladado a un hospital, donde falleció tres días más tarde. La mujer salió del auto, corrió hacia un campo y fue detenida. En el informe médico practicado se consignó que poseía quemaduras en el dorso de una mano. Por ese hecho, fue imputada por el delito de homicidio agravado por haber ocasionado la muerte de quien había sido su pareja. La mujer había denunciado a su expareja en diversas ocasiones por violencia psicológica y económica. Al prestar declaración indagatoria, explicó que el día del hecho habían discutido y el hombre estaba furioso, golpeaba el volante y le había dado un cachetazo, agarrado de la cabeza y gritado que la iba a matar. Además, indicó que había sido el hombre quien había intentado prenderla fuego a ella, que se había protegido con sus manos y había logrado escapar del vehículo. Durante la audiencia de debate, prestó declaración testimonial uno de los testigos del hecho. El hombre declaró que había observado mucho fuego sobre el asiento del conductor, que la imputada estaba tranquila y que su ropa no estaba dañada. El Tribunal Oral la condenó a la pena de prisión perpetua. Para decidir de ese modo, sostuvo que el incendio se había iniciado en el asiento de la víctima y que la declaración prestada por la imputada dejaba “preguntas sin responder”. En tal sentido, señaló que la quemadura en el dorso de su mano y su indumentaria “intacta” indicaba una participación activa en el hecho. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación.
24-abr-2015M, DR (Causa Nº 2254)Una pareja tenía tres hijos menores de edad. El hombre se emborrachaba, insultaba y golpeaba a la mujer de manera constante. En dos ocasiones, la mujer realizó la denuncia policial y fue trasladada a un hospital. Una noche, el hombre la insultó y la quiso echar de la casa. En ese momento, intentó pegarle y, para defenderse, la mujer tomó un cuchillo que estaba arriba de la mesa y le dio un puntazo. El hombre se puso una curita en la herida y se acostó en la cama. Tres días más tarde, la mujer le pidió a un vecino que buscara a la policía porque su marido había muerto. Por ese hecho fue imputada por el delito de homicidio agravado por la relación de pareja que mantenía con la víctima. En la etapa de juicio oral, la imputada declaró que esa noche se había querido defender y por eso había tomado el cuchillo, sin saber que lo iba a lastimar de esa manera. Aclaró que en otras oportunidades había sufrido violencia por parte de su marido, que había hecho las denuncias correspondientes pero que la policía nunca había intervenido más que para calmarlo e irse. Además, pidió disculpas por haber mentido cuando arribaron los policías. Por otro lado, un agente policial explicó que la mujer había mentido en un primer momento sobre lo sucedido, aunque luego había narrado la pelea y cómo había tenido que defenderse. Agregó que la relación era conflictiva debido al consumo de alcohol por parte de ambos, que había agresiones mutuas y que en alguna oportunidad creía que ella lo había denunciado y que habían enviado un patrullero. Además, sabía que había un registro de denuncias realizadas por la imputada en la comisaría de la mujer, pero se habían archivado. Otra funcionaria policial recordó haberle tomado la denuncia por un episodio de violencia de género, que fue derivada al Juzgado de Familia. También se enteró por sus compañeros que en otras oportunidades la mujer había sido trasladada para que hiciera una denuncia contra su pareja y la habían llevado a dormir a un hospital con sus hijos. Al momento de los alegatos, la defensa sostuvo que la imputada había sido víctima de violencia de género y había actuado en legítima defensa.