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FechaTítuloResumen
6-jul-2020Vargas Rodri?guez (causa N° 12823)El Departamento de Emergencias de la Policía Federal Argentina recibió una denuncia anónima respecto de una situación de comercialización de estupefacientes. Por esa razón, dos personas fueron detenidas en la vía pública. El agente declaró que había notado un intercambio tipo “pasamanos” y que una de las personas, que coincidía con la descripción realizada en la denuncia, contaba con estupefacientes en su poder. A la otra se le secuestró dinero en efectivo. Ambas fueron imputadas por el delito tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La primera fue sobreseída y la segunda, al momento de prestar declaración indagatoria, señaló que el dinero estaba destinado a un par de zapatillas. El juzgado dictó su procesamiento y elevó el expediente a juicio. En esa instancia su defensa solicitó que se declarara su sobreseimiento. En particular, consideró que no existían pruebas suficientes para sostener la acusación. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal se expidió en el mismo sentido. Entre sus argumentos consideró que, a nivel probatorio, la elevación a juicio sólo se había basado en la descripción de la denuncia anónima y en el testimonio del oficial de la policía.
28-ago-2018Benítez (reg. Nº 5719 y causa Nº 67232)Un joven fue hallado, en la vía pública, en poder de un artefacto explosivo sin permiso ni justificación alguna de uso. Por tal razón, fue detenido. El departamento Brigadas de Explosivos informó que se trataba de una granada de humo, utilizada por las fuerzas de seguridad y militares. Además, indicó que su utilización en lugares cerrados podía resultar letal. Por otra parte, la Superintendencia Federal de Bomberos determinó que la granada se encontraba en condiciones de reaccionar. Durante el debate de juicio oral, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó que se condenara al joven por el delito de portación de arma de guerra. En tal sentido, requirió que se le impusiera la pena de tres años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento. Por su parte, la defensa postuló que el artefacto no era un explosivo ni una granada, por lo que no constituía un arma de guerra. Además, indicó que el decreto reglamentario de la Ley de Armas N° 20.429 no se refería a las granadas, sino a las armas de su lanzamiento.