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FechaTítuloResumen
16-jul-2019Piccirillo (causa Nº 50135)Un policía observó a tres personas que salían de un local de ropa con bolsas e insultaban al personal de seguridad del negocio. Por esa razón, solicitó la colaboración de otros agentes, las detuvo y las requisó. Del interior de las bolsas se secuestraron prendas de diferentes marcas. Entonces, uno de los policías se presentó ante uno de los negocios y solicitó las cámaras de seguridad. En las imágenes observó que una de las personas tomaba algunas prendas, las introducía en una bolsa y se retiraba del comercio. Por ese hecho, las tres fueron imputadas por el delito de hurto. En sede judicial prestó declaración testimonial una de las agentes policiales del procedimiento, quien informó que su intervención había sido solicitada para identificar a tres personas sospechosas que “deambulaban por distintos locales”. Además, el agente de seguridad del primer negocio relató que el día de los hechos una mujer de otro local le había señalado que las personas que estaban en el negocio solían robar. En ese sentido, señaló que luego de que las personas se habían retirado del lugar, se había acercado un policía para consultarle si había tenido algún problema, a lo cual indicó que no había visto que hubieran sustraído ningún elemento. Así, refirió que los policías se habían retirado en la dirección en que habían salido las personas.
21-abr-2015Rodríguez v. Estados UnidosEl señor Rodríguez había sido detenido por la policía por conducir por la banquina de la autopista. Luego de que se le requiriera su documentación, se verificaran sus antecedentes y se le impusiera una multa, el policía le pidió permiso para que un perro olfatee el vehículo, a lo que el conductor se negó. Sin perjuicio de ello, el agente procedió a la inspección y encontró drogas en el interior del automóvil. Rodriguez fue acusado por tenencia de drogas. El juez de primera instancia recomendó desechar los cargos por considerar que no mediaba sospecha razonable para mantener detenido al conductor y proceder a la inspección del vehículo después de que se le impusiera la multa. Sin embargo, aplicó un precedente del Tribunal del Distrito del Octavo Circuito y concluyó que prolongar la detención de Rodríguez por el lapso de entre “siente a ocho minutos” para que el perro pudiera olfatear el vehículo constituía una intromisión de minimis en los derechos consagrados en la Cuarta Enmienda (equiparable al artículo 18 de la Constitución Nacional en lo que atañe a la protección de la intimidad), por lo que resultaba permisible. La defensa solicitó la supresión de la acusación por considerarla violatoria del derecho a la intimidad y por entender que, en el caso, el policía carecía de una sospecha razonable para mantener la detención de Rodríguez. El caso llegó a la Corte Suprema estadounidense que hizo lugar a la solicitud de la defensa.
11-nov-2014Pyzynski, Eduardo VictorEn el presente caso, el Fiscal General ante la Cámara Federal de Mar del Plata interpuso un recurso de casación contra el fallo de ese tribunal que consideró nula la requisa practicada sobre los imputados y el vehículo en el que transitaban y los sobreseyó. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó la impugnación.