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FechaTítuloResumen
31-jul-2019Fernández (causa Nº 45815)Dos personas que registraban antecedentes intentaron apropiarse de un monopatín eléctrico que se encontraba en la vía pública. Por ese hecho fueron detenidas e imputadas por el delito de hurto. En la etapa de juicio oral suscribieron un acuerdo conciliatorio con el representante de la empresa damnificada. Luego, se realizó ante el juez la audiencia de control del acuerdo de conciliación presentado por las partes. En esa oportunidad, el apoderado de la empresa ratificó el acuerdo y solicitó su homologación. Por su parte, la fiscalía rechazó el planteo de la defensa. Entre otras cuestiones, sostuvo que, por tratarse de un vehículo destinado al traslado de personas, no era solo propiedad de la empresa sino un servicio prestado a la sociedad. Asimismo, la fiscalía se refirió a los antecedentes condenatorios de los imputados. Por estos motivos, expuso que por razones de política criminal no era conveniente la aplicación del instituto en este caso en particular.
25-abr-2019Aliaga Zamora (causa Nº 35722)Una mujer fue condenada a la pena de un año y ocho meses de prisión en suspenso por el delito de tenencia de estupefacientes, cometido en el año 2012. Luego, en 2017 la mujer le sustrajo el teléfono celular a una persona que caminaba en la vía pública. Por ese hecho fue imputada por el delito de hurto simple. En la etapa de juicio suscribió un acuerdo conciliatorio con la víctima, que fue presentado antes de la audiencia de debate. El día del juicio la defensa solicitó que se realizara la audiencia de conciliación y se extinguiera la acción penal de su asistida. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso al acuerdo por considerar, entre otras cuestiones, que el instituto no se encontraba vigente y que si lo estuviese el pedido resultaba extemporáneo porque debía presentarse antes de la elevación a juicio o al momento de ofrecer la prueba. Además, sostuvo que por los antecedentes penales que registraba la imputada había una razón de política criminal suficiente para que no se disponga la extinción de la acción penal por conciliación.