Buscar


Filtros actuales:
Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-2 de 2.
  • Anterior
  • 1
  • Siguiente
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
3-mar-2022Rivero (causa n° 8033)Una mujer que se encontraba detenida denunció haber sido abusada sexualmente en reiteradas oportunidades por el jefe de guardia de la unidad penitenciaria en la que estaba alojada. Ante esta situación, el agente penitenciario fue imputado por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante reiterado y abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal. En la etapa de juicio oral, el tribunal interviniente lo absolvió. Entre sus argumentos, cuestionó la fiabilidad del testimonio de la víctima. La querella interpuso un recurso de casación. Sin embargo, la Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el planteo. Para decidir de esa manera, consideró que la sentencia se encontraba fundada. Además, coincidió con el tribunal oral respecto de la fiabilidad del testimonio de la víctima. El Programa de Asistencia y Patrocinio Jurídico a Víctimas de Delitos y la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación, en representación de la querellante, interpusieron un recurso extraordinario federal. Ante su denegación, interpusieron un recurso de queja.
25-jun-2020Balgoczki (Causa N° 402)En Hungría un hombre se encontraba imputado por integrar una asociación ilícita conformada con el fin de de cometer fraudes en bancos de ahorro. El imputado se encontraba en Argentina. Entonces, la justicia húngara requirió su extradición. En su presentación hizo saber que, de acuerdo a la normativa de su Código Penal, la punibilidad prescribía en enero del 2021. El juzgado declaró procedente el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de apelación. La Defensoría General sostuvo, entre otras cuestiones, que el Estado requirente había omitido acompañar las normas relativas a la vigencia de la acción penal, lo que impedía el análisis previsto por el artículo 13, incisos c y e, de la ley N° 24.767 de Cooperación Internacional en Materia Penal. En ese sentido, señaló que la sola afirmación de que la acción penal no había prescripto no satisfacía dicha exigencia legal. En consecuencia, solicitó que se declarase improcedente la extradición. Por su parte, el Procurador General consideró que la subsistencia de la acción penal podía corroborarse a través de la lectura de los textos legales disponibles en el sitio oficial de la Comisión Europea.