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18-oct-2018Martínez Hassan (reg. Nº 1103 y causa Nº 7158)Una mujer boliviana intentó cruzar la frontera de Villazón–La Quiaca a través de un paso no habilitado. Allí fue interceptada por personal de la Gendarmería Nacional, que le solicitó que exhibiera su documentación y el contenido de la mochila que transportaba. La mujer mostró su cédula de identidad y, al abrir la mochila, los agentes observaron en su interior paquetes con 6 kilos de cocaína. La mujer se angustió y explicó que el bolso no le pertenecía y que su vida corría peligro. Finalmente, fue detenida e imputada por el delito de contrabando de estupefacientes, agravado por el destino de comercialización. Al declarar en las etapas de instrucción y de juicio oral, la mujer manifestó que su hijo se encontraba enfermo y necesitaba una operación. En tal sentido, explicó que carecía de los medios económicos para afrontar la intervención y que, por tal razón, se le ofreció ejercer la prostitución. En tal sentido, relató que viajó desde La Paz a Villazón, donde fue recibida por un hombre que la alojó en una habitación. Al manifestar su deseo de regresar a su ciudad, el hombre le manifestó que había generado gastos de traslado, comida y alojamiento que debía compensar. En ese contexto, fue trasladada a la frontera con Argentina, donde le indicaron que –para saldar la deuda– debía entregar una mochila y, luego, regresar a Bolivia. La defensa planteó que su asistida había sido coaccionada por una red de prostitución y tráfico de estupefacientes que se había aprovechado de su situación de vulnerabilidad. En tal sentido, consideró aplicable el artículo 5 de la Ley de Trata de Personas (N° 26.364) y solicitó su absolución. El Tribunal Oral condenó a la mujer a la pena de seis años de prisión. Para decidir de esa manera, sostuvo que el relato de la imputada resultaba falaz, mendaz y absurdo. Además, entendió que la imputada había contado con libertad ambulatoria y que no se habían configurado los medios comisivos necesarios para demostrar que había sido víctima del delito de trata de personas. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
13-sep-2017CMLM y RAD (causa Nº 9871)Una mujer, CMLM, ofreció a otra, RAD, una suma de dinero por llevar estupefacientes en su bolso. El colectivo en el que ambas se trasladaban fue demorado en la ruta para hacer controles de prevención y su equipaje fue sometido a un escaneo con rayos X. En el bolso de RAD se encontraron 19,77 kilos de marihuana. Cuando se le solicitó a esa pasajera su DNI se advirtió que estaba en poder de CMLM. Ambas mujeres fueron imputadas como coautoras por el delito de transporte de estupefacientes (artículo 5, inciso c, ley Nº 23.737). La defensa de RAD sostuvo que su representada no tenía dominio del hecho, dado que la otra mujer tenía su documento y su pasaje. A su vez, la imputada declaró había aceptado transportar el material estupefaciente porque necesitaba ayudar a su madre y sus ocho hermanos. Asimismo, manifestó su temor a negarse a la petición de CMLM, ya que su familia era peligrosa.