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17-oct-2018AJUS LA PLATA (causa Nº 112409)Una mujer ingresó a un hospital de la ciudad de La Plata y solicitó, para su hija de 11 años, que se cumpliera con el Programa Nacional de Control de Enfermedades Inmunoprevenibles, respecto de la vacunación contra el meningococo. Ante la negativa del nosocomio, la mujer –en representación de la niña– y distintas asociaciones civiles presentaron una acción de amparo contra el Estado Nacional (Ministerio de Salud), tanto en forma individual como colectiva, a fin de que el demandado cesara con la suspensión de la resolución Nº 10/2015. Dicha norma incorporaba la vacunación contra el meningococo en niños de once años de edad al programa nacional de control de enfermedades inmunoprevenibles con carácter gratuito y obligatorio. Asimismo, requirieron la disposición de una medida cautelar que ordenara el cumplimiento de la resolución hasta que se resolviera la cuestión de fondo.
19-sep-2018Asociación Redi (causa Nº 39031)Durante el año 2016 varias personas con discapacidad dejaron de cobrar, sin previo aviso, las pensiones no contributivas por invalidez. En consecuencia, en el año 2017, la Asociación REDI (Red por los Derechos de las Personas con Discapacidad) inició un amparo colectivo contra el Poder Ejecutivo Nacional (Ministerio de Desarrollo Social) con el objeto de que se restableciera el pago de los beneficios de todas las personas afectadas en el territorio de la República Argentina. En ese sentido, solicitaron una medida cautelar a fin de que se suspendieran los efectos de los actos administrativos –en los casos en los que los hubiere– que disponían el cese del pago de las pensiones reclamadas y se mantuviera de forma ininterrumpida la prestación. La medida cautelar, de alcance en todo el territorio de la República Argentina, fue otorgada parcialmente e inscripta en Registro Público de Procesos Colectivos implementado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Se excluyó a los residentes en la jurisdicción territorial del Juzgado Federal de Viedma por la existencia de una causa referida a los mismos derechos de incidencia colectiva vigente en esa jurisdicción (caso “Asoc. Civil Encuentro Solidario”). Posteriormente, la asociación amplió la demanda y requirió que la acción se tuviera por iniciada con respecto a la totalidad de las personas con discapacidad que, siendo titulares de pensiones no contributivas por invalidez otorgadas en los términos del decreto Nº 432/97, se hubieran visto privadas del cobro de los haberes desde el año 2016. Durante el procedimiento se acumuló la causa "Gadea", iniciada por la señora Gadea y el Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, por coincidir en la pretensión. El Estado Nacional, al contestar la demanda, opuso una excepción de falta de legitimación activa.