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16-jul-2019VP (causa Nº 1264)Una empresa periodística fue cerrada y sus empleados fueron despedidos. Por tal razón, un grupo de personas convocó a una manifestación alrededor de la planta impresora. En la concentración participaron diferentes agrupaciones sociales y ese día no pudieron repartirse diarios ni revistas. Durante la investigación del hecho, la División Individualización Criminal de la PFA señaló que las filmaciones de la protesta resultaban inidóneas para realizar un estudio comparativo de rostros e identificar a las personas involucradas. Por otra parte, se detectó que uno de los organizadores había propuesto en sus redes sociales un “abrazo simbólico” a la empresa. El juzgado dictó su procesamiento por el delito de impedimento o estorbo de la libre circulación de un periódico. Contra esa resolución, la defensa interpuso un recurso de apelación. Entre otras cuestiones, sostuvo que no existía prueba suficiente que acreditara que su asistido hubiera estado presente en la protesta ni que hubiera tenido dominio sobre el hecho.
23-jun-2015FC-RECY (Causa Nº 110.919)Una mujer embarazada sufría violencia de género por parte de su concubino de manera constante. El hombre la golpeaba e insultaba en presencia de los hermanos y la madre de ella. Un medio día, mientras la mujer cocinaba, él le arrojó un golpe de puño. Para defenderse, ella le provocó una herida con un cuchillo. De forma inmediata lo auxilió y con la ayuda de sus vecinos lo trasladó a un hospital, donde falleció. En la etapa de juicio oral, la imputada expresó que no había tenido la intención de matarlo y que se había defendido con un cuchillo porque estaba cocinando. Los hermanos y la madre de la mujer declararon que momentos antes del hecho, el hombre había golpeado a la imputada y que era una situación que se había reiterado con anterioridad. La Cámara Segunda del Criminal de Mendoza la condenó a la pena de ocho años de prisión por el delito de homicidio. Para decidir de esa manera sostuvo que no había existido una agresión de tal envergadura que justificara la pretendida reacción defensiva. Además, agregó que el medio elegido por la imputada no era el único al que podía acceder para repeler la agresión. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.