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FechaTítuloResumen
11-jul-2019Silva (reg. N° 909 y causa Nº 56240)Un hombre se encontraba bajo el régimen de libertad condicional desde febrero del 2018. En septiembre de ese año, fue detenido e imputado por la comisión de un delito bajo el régimen de flagrancia. El hombre suscribió un acuerdo de juicio abreviado y fue condenado a la pena de un año y seis meses de prisión y a la pena única de dos años de prisión. Además, se fijó como fecha de vencimiento el día 6 de diciembre del 2019. La defensa observó el cómputo y sostuvo que se había omitido contabilizar el tiempo en el que su asistido había permanecido en libertad condicional; instituto que, además, no había sido revocado. El juzgado rechazó el planteo y consideró que la comisión de un delito había generado la cancelación del beneficio otorgado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación, en el que señaló que la libertad condicional concedida a su asistido no había sido revocada. En consecuencia, sostuvo que el cómputo del tiempo de detención debía contabilizar el tiempo que su asistido había permanecido bajo dicho régimen. Finalmente, consideró que una resolución dictada en contrario afectaría el principio constitucional que prohíbe la múltiple persecución penal.
7-jun-2019CPC (reg. Nº 726 y causa Nº 15995)CPC mantuvo relaciones sexuales en reiteradas oportunidades con su hija de 15 años en el domicilio en el que convivían. La niña quedó embarazada y el hombre le indicó que debía abortar. A las nueve semanas de embarazo le introdujo cuatro pastillas de Oxaprost en su vagina y ella ingirió otras dos. En ese momento, comenzó a tener fuertes dolores de panza y pérdidas de sangre, por lo que fue trasladada a un hospital. La niña fue internada y se le introdujeron dos pastillas de la misma droga que provocaron la expulsión del feto. A partir de la historia clínica, se efectuó una pericia médico-forense que concluyó que el feto había muerto antes de ingresar al hospital y que no podían precisarse el momento ni las causas del deceso. El hombre fue imputado por los delitos de estupro agravado por haber sido cometido por un ascendiente y con provecho de la situación de convivencia, en concurso real con los delitos de aborto con consentimiento de la mujer y desobediencia. El Tribunal Oral lo condenó a la pena de diez años de prisión. Para decidir de ese modo consideró, entre otras cuestiones, que el feto se encontraba con vida al momento de efectuarse la maniobra abortiva. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de casación.