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FechaTítuloResumen
18-sep-2017CAA (causa Nº 40999)Una persona se encontraba detenida en el Complejo Penitenciario Federal 1 de Ezeiza. El Consejo Correccional aconsejó su alojamiento en un establecimiento de régimen abierto. Por ese motivo, la defensa solicitó su traslado a la Unidad 33. El juzgado de ejecución hizo lugar a la presentación y ordenó el traslado. Sin embargo, el Servicio Penitenciario se negó a realizarlo. Por tal razón, la defensa interpuso un hábeas corpus. El juzgado que tramitó la acción consideró que el alojamiento de las personas detenidas constituía un aspecto exclusivo de la administración penitenciaria y, en consecuencia, rechazó la presentación. La defensa interpuso un recurso de apelación contra esa decisión, que fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Por ese motivo, se interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, la defensa sostuvo que la negativa de la administración carcelaria a efectuar el traslado de su asistido impactaba de manera negativa en el tratamiento resocializador previsto en el artículo 1° de la Ley N° 24.660.
17-may-2016Quiroga, Mario RicardoLa defensa había requerido la prisión domiciliaria de su representado por motivos asociados a su estado de salud. El fiscal se opuso a la solicitud y, sobre esa base, el juez de ejecución penal rechazó el pedido. Para resolver de ese modo, el magistrado determinó –con remisión al informe del médico de la unidad penitenciaria– que la situación del condenado no encuadraba en ninguna de las excepciones previstas en el art. 32 de la ley 24.660. Contra la denegatoria, la defensa interpuso recurso de casación.