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11-dic-2017DOT (Causa Nº 2450)Una persona de 70 años que estaba detenida por la comisión de delitos de lesa humanidad tenía una serie de patologías crónicas (hipertensión arterial, dispilemia, diatetes tipo II y cardiopatía esclero hipertensiva con leve compromiso hemodinámico). Tomando en consideración su edad y su estado de salud, solicitó que se le concediera el arresto domiciliario. El Cuerpo Médico Forense realizó un informe en el que dejó constancia de los problemas de salud que padecía el imputado. Entonces, la defensa planteó que resultaba inconveniente su alojamiento en el Hospital Penitenciario Central de Ezeiza dado que no contaba con una guardia coronaria permanente y por la posibilidad de que contrajera infecciones intrahospitalarias. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
16-mar-2017PPN. Internos U4 SPFEn la Unidad Penitenciaria Nº 4 de la ciudad de Santa Rosa se habían reducido las horas en los talleres de trabajo y, por ende, los salarios. A su vez, se detectaron defectos en el registro de la cantidad de horas trabajadas, se rechazó la recepción de certificados médicos y no se liquidaron las horas no trabajadas por enfermedad. Un grupo de personas detenidas en esa unidad interpuso una acción de habeas corpus. El Juzgado Federal de Santa Rosa, La Pampa, hizo lugar a la acción. La Direccional Nacional del Servicio Penitenciario de la Nación recurrió esa decisión. Entre sus argumentos, sostuvo que a través del dictamen 129/16 del ENCOPE se estableció que las personas detenidas debían recibir, en concepto de salario, las horas efectivamente trabajadas. Luego de que la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca confirmara la resolución, se interpuso un recurso de casación.