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FechaTítuloResumen
11-dic-2014P, AC (PGN)Con motivo de la internación por salud mental de A. C. y en virtud de la entrada en vigencia de la ley 26.657, la Defensora Pública de Menores e Incapaces requirió al juez de grado la designación de un Curador Público a fin de que ejerza su defensa técnica con los fines previstos por el artículo 22 de la ley 26.657 y por la resolución DGN nro. 1728/10. Esta petición fue denegada en virtud de la sentencia que en 1994 había declarado la incapacidad absoluta de A. C. P. y había designado un curador definitivo (en los términos de los artículos 54, inciso 3; 57 inciso 3; y 141 del Código Civil) como su representante legal, decisión que fue recurrida por la Defensa. La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la denegatoria y, en consecuencia, la Defensora Pública de Menores e Incapaces ante los Tribunales Nacionales de Segunda Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo interpuso recurso extraordinario.
26-ago-2014Dorofeev v. RusiaEn el presente caso se analizó la petición formulada por Sergey Sergeevich Dorofeev, nacional de la Federación de Rusia nacido en 1973, que a la fecha de presentación de la comunicación cumplía una pena de 21 años de prisión en una penitenciaría estatal de Urdany en la región de Zubovo-Polyansky de la República de Mordovia (Federación de Rusia). El 11 de abril de 2006, el peticionario fue declarado culpable de haber cometido una serie de delitos, en particular el previsto en el artículo 105 del Código Penal (asesinato), que prevé la pena de muerte. El artículo 48 de la Constitución y el artículo 51 del Código de Procedimiento Penal, disponen -ante tales circunstancias- la asistencia de un abogado defensor como disposición obligatoria en primera instancia y en la instancia de casación. Nunca se le informó de su derecho a tener un abogado que lo representara por lo que no pudo contar con asistencia letrada, mientras que el otro acusado estuvo representado por dos abogados. El 26 de noviembre de 2007, el peticionario interpuso ante el Fiscal de Moscú un recurso de revisión (control de las garantías procesales) de su caso sustentado en la vulneración de su derecho de defensa por el Tribunal de Casación. Dicho recurso fue desestimado; al igual que los otros cinco intentos que realizó posteriormente. Recién cuatro años y ocho meses después pudo obtener una rectificación de la sentencia y subsanar la vulneración de su derecho de defensa. El peticionario participó en la audiencia de Casación mediante videoconferencia, pese a que había solicitado participar en persona y que, por tanto, no tuvo oportunidad de pedir asesoramiento a su abogada en relación con los alegatos que el fiscal presentó al tribunal.
2-abr-201490.2014 Suprema Corte de Justicia de MéxicoLa Sala I de la Suprema Corte de Justicia de la Nación mexicana resolvió un amparo directo en revisión deducido por una mujer condenada a 25 años de prisión por el delito de homicidio doloso calificado de su esposo. La confesión de la imputada había constituido una de las pruebas principales en la determinación de su responsabilidad por aquél delito. Sin embargo, se determinó que había sido extraída bajo diferentes prácticas de tortura llevadas a cabo por los agentes encargados de la investigación. Durante esa privación de la libertad que sufrió la imputada no se le dio intervención al Ministerio Público Fiscal ni fue provista de una defensa adecuada. La sentencia de la Corte Suprema no resolvió sobre la culpabilidad de la recurrente. No obstante, el tribunal dejó sin efecto la sentencia condenatoria anterior y ordenó que se emitiera otra luego de que se investigara minuciosamente el marco en el que había sido extraída la confesión. Los jueces aprovecharon la oportunidad para fijar los parámetros que se deben observar en la investigación de casos de tortura.