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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6451| Título : | Milani (Causa N° 42470) |
| Fecha: | 28-abr-2026 |
| Resumen : | Un tribunal oral había condenado a una persona a la pena de tres años de prisión en suspenso. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación que fue rechazado por la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional. En ese contexto, la defensa presentó un recurso de inconstitucionalidad. Entre sus argumentos, sostuvo que la vía encontraba fundamento en el artículo 27 de la ley N° 402 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, citó el precedente “Levinas” de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para sostener la competencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El representante del Ministerio Público Fiscal se opuso a la concesión del recurso y señaló que la vía intentada no estaba prevista en el ordenamiento procesal aplicable. Por su parte, la querella también solicitó el rechazo de la impugnación. |
| Decisión: | La Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad. No obstante, señaló que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires revestía el carácter de superior tribunal de la causa (jueces Sarrabayrouse y Días). |
| Argumentos: | 1. Recurso de inconstitucionalidad. Tribunal Superior. Admisibilidad. Recurso extraordinario. “[L]a vía es procedente en tanto el superior tribunal de la causa a los fines del recurso extraordinario federal es el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Esto es así a partir de la entrada en vigencia de la ley 27.802 y la aprobación del ´Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral del Ámbito Nacional a la Justicia del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires´, celebrado el 9 de febrero de 2026 entre el Estado Nacional y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Anexo I de la ley). Resulta aplicable lo establecido en su cláusula complementaria, en la cual, el Poder Legislativo Nacional ´ratifica y dispone´ atribuir aquel carácter al tribunal citado cuando exista una cuestión federal en los términos del art. 14, ley 48 (conforme inc. ´b´). A su vez, la cláusula transitoria invoca el precedente ´Ferrari´ de la Corte Suprema […]. En el mismo sentido, la cláusula transitoria del acuerdo mencionado establece la competencia temporal del Tribunal Superior de Justicia a partir del dictado del ya citado fallo ´Levinas´”. 2. Cuestión federal. Arbitrariedad. “[L]a defensa se ha limitado a sostener la arbitrariedad de la sentencia y la afectación de distintos derechos, principios y garantías mediante fórmulas genéricas, pero sin desvirtuar ni criticar razonadamente los fundamentos de la sentencia de esta sala. Esto evidencia que su planteo refleja una mera expresión de disconformidad con lo decidido, que no es idónea para sustentar la existencia de una cuestión federal”. |
| Tribunal : | Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, Sala II |
| Voces: | ADMISIBILIDAD ARBITRARIEDAD CUESTIÓN FEDERAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD RECURSO EXTRAORDINARIO TRIBUNAL SUPERIOR |
| Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6414 https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/6383 https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/5868 |
| Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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