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Título : Kowashiro Inga (Causa Nº 556)
Fecha: 27-jun-2023
Resumen : Una mujer de nacionalidad peruana residía en el país junto con su hijo argentino menor de edad. En 2017, la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) declaró irregular su permanencia, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente. En ese momento se encontraba vigente el DNU 70/2017, que restringió el alcance de las dispensas previstas en el artículo 29 de la ley 25.871. Así, el decreto tornó inviable la consideración de otorgarle una dispensa por razones de reunificación familiar a la mujer. Ante esta situación, ella presentó un recurso judicial donde solicitó la declaración de inconstitucionalidad del decreto. El tribunal de primera instancia rechazó el recurso. Luego, presentó un recurso de apelación que fue acogido de manera favorable por la sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Contra esa decisión, la DNM interpuso un recurso extraordinario federal que fue concedido. Con posterioridad, se promulgó el decreto 138/2021 que dejó sin efecto el decreto 70/2017 y restituyó la ley 25.851 a su redacción previa. De ese modo, se produjo un conflicto de determinación de la ley aplicable.
Decisión: La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada, y dispuso que los autos vuelvan al tribunal de origen a fin de que se dicte nuevo pronunciamiento.
Argumentos: 1. Migrantes. Expulsión de extranjeros. Actos administrativos. Nulidad de actos administrativos. Ley aplicable. Derecho a la reunificación familiar. “[C]abe señalar que el decreto 138/2021, al restituir la vigencia de las normas modificadas, sustituidas o derogadas por el decreto 70/2017, varió sustancialmente la redacción de la norma que fue puesta en tela de juicio en esta causa”. “[E]l cambio normativo operado introdujo una profunda modificación en el fundamento principal de la decisión impugnada: el impedimento que existiría, según la interpretación efectuada por el a quo, de considerar la posibilidad de otorgar a la actora una dispensa por razones de reunificación familiar”. “[E]n razón de lo hasta aquí señalado, y en atención a la variación sustancial de la regulación normativa en un aspecto que fue objeto de cuestionamiento en el recurso extraordinario, corresponde devolver las actuaciones al juez de la causa para que –adecuando el proceso, en resguardo de la garantía de defensa en juicio, a fin de que las partes puedan ejercer los derechos que les asisten- examine el asunto a la luz de las nuevas disposiciones vigentes”.
Presentación de la Defensa: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4954
Tribunal : Corte Suprema de Justicia de la Nación
Voces: ACTOS ADMINISTRATIVOS
DERECHO A LA REUNIFICACIÓN FAMILIAR
EXPULSIÓN DE EXTRANJEROS
LEY APLICABLE
MIGRANTES
NULIDAD DE ACTOS ADMINISTRATIVOS
Jurisprudencia relacionada: https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4728
https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4861
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