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https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4612
Título : | Rodriguez (Causa N°12107) |
Fecha: | 2-ago-2023 |
Resumen : | En una zona cercana a un paso fronterizo, personal a cargo de la vigilancia del lugar advirtió a Gendarmería Nacional que una persona había subido de manera veloz a un colectivo. Entonces, los preventores detuvieron al micro y abordaron al hombre que habían identificado. En ese contexto, le solicitaron que abriera su mochila. El hombre lo hizo, los gendarmes observaron que había dos paquetes y reportaron el hallazgo a la fiscalía. Los representantes del Ministerio Público Fiscal indicaron que el micro debía dirigirse a un puesto de control para que un perro encargado de la detección de estupefacientes revisara el equipaje de todos los pasajeros. En consecuencia, el micro se trasladó al lugar indicado, un agente subió con un perro antinarcótico y circuló por todo el pasillo. Entonces, el oficial manifestó que el perro había dado una señal respecto del hombre identificado como sospechoso. Luego, los gendarmes abrieron la mochila y extrajeron los dos paquetes que en su interior contenían cannabis. Por este hecho, el hombre fue imputado por el delito de transporte de estupefacientes. De manera posterior, la causa se acumuló con otro proceso en trámite por el delito de tenencia simple de estupefacientes. En el marco del juicio oral, el tribunal oral interviniente absolvió al hombre por considerar que la requisa sin orden judicial que se realizó sobre la mochila del imputado no había cumplido con los requisitos exigidos por el Código Procesal Penal Federal. Contra esta decisión, el fiscal interpuso un recurso de casación. |
Decisión: | La Cámara Federal de Casación Penal, en forma unipersonal, confirmó la absolución del hombre imputado (juez Carbajo). |
Argumentos: | 1. Requisa. Orden judicial. Procedimiento policial. “[E]l legislador ha habilitado a las fuerzas de seguridad a realizar requisas sin orden judicial siempre y cuando se den los tres requisitos [del artículo. 138 del CPPF]. [...] [L]o que se exige es la concurrencia de estos supuestos entendida como el concurso simultáneo de varias circunstancias…”. “[L]as situaciones en las que se verifique alguno de [...] [los tres requisitos del artículo 138 del CPPF], pero no los otros, no se encontrarán incluidas en el precepto y la requisa, para ser legal, requerirá autorización judicial. […] [S]e encuentra fuera de discusión que existían circunstancias previas que autorizaban la medida […] y que el operativo se estaba realizando en un lugar público […]. El desacuerdo, en cambio, reposa sobre la existencia de una situación de premura de tal entidad que si se esperaba la autorización judicial podría correrse peligro de que se ocultaren o intentaren hacer desaparecer los elementos que se iban a requisar…”. “[A] efectos de satisfacer las exigencias [del artículo 138 CPPF], no corresponde ponderar razones que reposen en la mera subjetividad del funcionario, sino en la existencia de pautas objetivas”. |
Tribunal : | Cámara Federal de Casación Penal - voto unipersonal |
Voces: | ORDEN JUDICIAL PROCEDIMIENTO POLICIAL REQUISA |
Jurisprudencia relacionada: | https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4128 https://repositorio.mpd.gov.ar/jspui/handle/123456789/4611 |
Aparece en las colecciones: | Jurisprudencia nacional |
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Rodríguez (causa N°12107 CFCP).pdf | Sentencia completa | 266.47 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir |