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FechaTítuloResumen
22-ago-2013Mémoli v. ArgentinaEn el año 1984, la Municipalidad de San Andrés de Giles, provincia de Buenos Aires, otorgó en arrendamiento a la Asociación Italiana de Socorros Mutuos, Cultural y Creativa “Porvenir de Italia” una porción de terreno en el Cementerio Municipal. Este terreno se destinó a la construcción de nichos a fin de ofrecerlo a los socios mediante un contrato de compra-venta. Este hecho provocó que, en el año 1990, Carlos Mémoli, miembro de la Comisión Directiva de dicha Asociación, y su hijo Pablo Carlos Mémoli denunciaran penalmente a otros tres miembros de la Comisión Directiva de la Asociación Italiana, por considerar que los nichos se encontraban ubicados en terrenos pertenecientes al dominio público. El ofrecimiento, bajo la modalidad de contrato de compra-venta, constituía una estafa. En 1992, los denunciados promovieron una querella por calumnias e injurias contra los peticionarios. En 1994, los peticionarios fueron condenados por el delito de injurias, tipificado en el entonces vigente artículo 110 del Código Penal. Luego de ser apelada y confirmada, en 1997 la decisión quedó firme. En consecuencia, los tres miembros de la Asociación Italiana iniciaron un proceso civil por daños y perjuicios contra los peticionarios sin que a la fecha se haya dictado sentencia. Asimismo, desde antes del inicio de dicho proceso civil hasta el presente pesa sobre los peticionarios una medida cautelar de inhibición general para enajenar y gravar bienes. Por otra parte, tras la modificación del artículo 110 del Código Penal argentino, que excluyó de toda sanción penal las expresiones relacionadas con asuntos de interés público, eliminó la pena privativa de la libertad por su perpetración. Los peticionarios interpusieron recursos a nivel interno a fin de que les fuera aplicada la nueva tipificación del delito, los cuales fueron rechazados.
31-jul-2012Furlan y familiares v. ArgentinaEn el año 1988, Sebastián Furlan, quien por entonces tenía 14 años de edad, recibió el impacto de un travesaño que cayó sobre su cabeza y le ocasionó una fractura de cráneo y daños cerebrales graves. En ese momento, se encontraba jugando con otros niños en un campo de entrenamiento militar abandonado por el Ejército, en la localidad de Ciudadela, provincia de Buenos Aires. El padre de Sebastián, Danilo Furlan, inició una acción de daños y perjuicios contra el Estado Nacional a fin de obtener el resarcimiento por los daños sufridos por su hijo y obtener los medios necesarios para una adecuada rehabilitación. El referido proceso civil demoró aproximadamente 12 años y tres meses y fijó una indemnización en pesos. Sin embargo, por aplicación de la ley 23.982 sobre consolidación de deudas, dicho crédito fue cancelado mediante la suscripción de bonos cuyo monto total recién se podía cobrar en el año 2016.