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FechaTítuloResumen
15-abr-2020Asesoria Tutelar N° 2 (causa N° 2697)El 15 de marzo del 2020 el Ministerio Público Tutelar y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires suscribieron un acuerdo con la finalidad de conformar una mesa de trabajo intersectorial para coordinar de manera ágil y eficiente las medidas tomadas para garantizar los derechos de las personas menores de edad y usuarios del servicio de salud mental que pudieran verse afectados por la emergencia sanitaria. Al dí asiguiente, la Asesoría Titular N° 2 interpuso una acción de amparo y acompañó un documento en el que constaba que el Procurador General de la CABA y el Equipo Fiscal N° 1 habrían acordado continuar la mesa de trabajo intersectorial conformada el día 15 de marzo, con los mismos organismos. Allí se dejó asentado que la función de la mesa de trabajo era abordar todas las problemáticas que se suscitasen con motivo de la emergencia sanitaria relativas a las competencias del Ministerio de Salud, Educación y Desarrollo Humano y Hábitat del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ese motivo, solicitó la homologación del convenio. El juzgado homologó el acuerdo. Asimismo, consideró que la parte actora había denunciado circunstancias que involucrarían la promoción de un proceso de incidencia colectiva y, en consecuencia, ordenó la anotación del acuerdo en el Registro de Procesos Colectivos y otorgó diez días a todas aquellas personas que tuvieran un interés jurídico relevante en integrar el proceso. Contra esa resolución, ambas partes interpusieron un recurso de reposición con apelación en subsidio. La parte demandada se agravió de no haber sido solicitada por ninguna de las partes y señaló que se había afectado el principio de congruencia. El juzgado hizo lugar a la reposición de la parte actora y concedió el recurso de apelación de la parte demandada.
23-ago-2018FGD (causa Nº 769846) (CAyT)Una persona con una discapacidad motriz permanente ejercía su actividad laboral en un local ubicado en la galería Obelisco Sur de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el año 2015 requirió a las autoridades estatales que pusieran rampas de acceso en las bocas de los subterráneos. Ante la omisión del Estado, interpuso una acción de amparo contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) y Subterráneos de Buenos Aires (SBASE) con el objeto de que se ordenara a los demandados garantizar las condiciones de accesibilidad a la red de transporte público de subterráneos a fin de preservar los derechos de las personas con discapacidad motriz. Asimismo, solicitó una medida cautelar para evitar un daño irreparable a su vida y su salud. El juzgado de primera instancia declaró el carácter colectivo de la acción y otorgó la posibilidad de integrar el proceso a todas aquellas personas que pudieran tener un interés jurídico. Se presentaron el Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y distintas organizaciones no gubernamentales que se expidieron en el mismo sentido. Además, requirieron que se citara como tercero a Metrovias y solicitaron como medida cautelar que se adoptaran las medidas necesarias para afrontar la inaccesibilidad actual. Finalmente, el juzgado citó a Metrovías, hizo lugar a la medida cautelar peticionada y ordenó a la empresa implementar el sistema “Tótem de asistencia”. Contra esa decisión, las demandadas interpusieron un recurso de apelación.