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FechaTítuloResumen
27-sep-2017Silvero (reg. N° 936 y causa Nº 24093)La madre de una joven de quince años denunció que su hija había sido abusada sexualmente por un conocido de la familia. Al declarar en sede judicial, la joven explicó que su hermana y el imputado la habían retirado en un auto a la salida de la escuela. Luego, su hermana se bajó del auto y, cuando quedaron ellos solos, el imputado abusó de ella. Por tal razón, el hombre fue imputado por el delito de abuso sexual cometido contra una persona menor de edad. Al momento de prestar declaración indagatoria, el individuo rechazó la acusación y sostuvo que en la fecha del hecho su vehículo estaba en un taller mecánico. En el debate de juicio oral, la joven modificó el relato de los hechos y explicó que su hermana no había estado en el automóvil. Además, manifestó que lo había dicho para “ocultar su imprudencia” de subir a un vehículo sola. El Tribunal Oral condenó al imputado a la pena de diez meses. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación. Entre otras cuestiones, consideró que el tribunal había realizado una arbitraria valoración de los hechos y que el único elemento de convicción analizado había sido la declaración de la denunciante que presentaba inconsistencias, contradicciones y falta de precisión.
13-dic-2016R, MAEl Tribunal Oral condenó a un hombre a la pena de siete años de prisión por los delitos de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal en tres oportunidades y privación ilegítima de la libertad. Para llegar a esa decisión, valoró el testimonio de la víctima, concubina del condenado, lo declarado por otros testigos, vecinos del barrio, y la historia clínica de la damnificada. Frente a esto, la defensa interpuso recurso de casación. Argumentó, entre otras razones, una errónea valoración de la prueba.
13-dic-2016RMA (causa Nº 39411)Una mujer denunció a su pareja por una serie de episodios de violencia de género. Los hechos incluían abuso sexual con acceso carnal por vía vaginal y oral en, al menos, tres oportunidades, todos en el interior de su casa. La víctima declaró que, luego del primer hecho, quedó embarazada; no obstante, el embarazo no llegó a término. El segundo evento tuvo lugar algunos días después de esta pérdida; entonces, volvió a quedar embarazada. El tercer hecho, sucedió una noche que su pareja regresó alcoholizado a su domicilio, le arrancó las prendas de vestir y la forzó a tener relaciones sexuales por vía oral y vaginal. En ese contexto, además, el hombre ejerció violencia física (golpes, zamarreos, tiradas de pelo) en su contra. La mujer había denunciado a su pareja con anterioridad por haberla dejado encerrada en su domicilio, oportunidad en la que se comunicó con sus vecinos a través de la puerta. Durante el debate oral, declaró la madre de la víctima. Manifestó que su hija le había dejado entrever la existencia de violencia económica, pero no física. Además, explicó que había convivido con la pareja durante el embarazo y que no había presenciado hechos de violencia física, aunque sí verbal. Asimismo, una vecina declaró que estaba sorprendida porque nunca había visto a la denunciante lastimada y agregó que escuchó discusiones en las que el hombre gritaba que la iba a matar. Por su parte, el psiquiatra que atendió a la mujer a lo largo de esos años explicó que vivía una situación de temor, pero que no había ningún dato que indicara un cuadro de mayor gravedad. De la historia clínica surgía que la mujer efectuó diversas consultas médicas; sin embargo, no registraron lesiones o indicios de haber sido abusada sexualmente. De la misma forma, la paciente no había realizado ninguna manifestación sobre este punto. Además, de los controles ginecológicos surgía que buscaba un embarazo. Por otro lado, los informes elaborados por el Cuerpo Médico Forense y la Oficina de Violencia Doméstica determinaron la existencia de diversas manifestaciones de violencia generadas por un vínculo disfuncional con violencia doméstica que derivó en una situación de riesgo para la víctima. El Tribunal Oral condenó a RMA a la pena de siete años y seis meses de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado por haber sido cometido con acceso carnal reiterado al menos en tres oportunidades, y privación ilegítima de la libertad. Contra esta decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.