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23-feb-2022Catan (causa Nº 19927)Un hombre fue detenido el 9 de abril de 2020 y luego procesado con prisión preventiva por el delito de robo en poblado y en banda en concurso real con el delito de violación a las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una epidemia. El hombre contaba con siete condenas penales, estaba registrado con diversos nombres ante el Registro Nacional de Reincidencia, su domicilio había sido constatado y había una persona que había manifestado su voluntad de alojarlo. En la etapa de preparación del juicio oral, su defensa solicitó la prisión domiciliaria en los términos del art. 210 inc. j del CPPF. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 rechazó el pedido. Para resolver de esta forma, consideró que había elementos para afirmar la existencia de peligro de fuga pues el acusado tenía antecedentes penales ya que contaba con diferentes condenas -lo que impedía que una eventual sanción pudiera ser dejada en suspenso- y estaba registrado con diversos nombres ante el Registro Nacional de Reincidencia. Además, luego de analizar dos informes, uno realizado por el personal de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP), del cual surgía que el imputado se encontraba realizando un tratamiento para las adicciones y demostraba dificultades para mantener un proyecto de vida alejado del accionar transgresor y otro del Servicio Penitenciario Federal, que informaba que el imputado se encontraba en un buen estado psicológico­-psiquiátrico en su unidad de alojamiento, estimó que las medidas alternativas resultaban insuficientes para neutralizar el peligro de fuga. Contra esa decisión, su defensa interpuso un recurso de casación.
30-ago-2018Gamarra (Causa Nº20133)Una mujer que vivía en la República del Paraguay era víctima de golpes, amenazas y violencia psicológica por parte de su pareja. En el marco de una pelea entre ambos, su pareja falleció. Por tal razón, la mujer fue imputada por el delito de homicidio doloso. La imputada viajó a la Argentina y las autoridades judiciales paraguayas solicitaron su extradición. Entonces, fue detenida de manera preventiva. Al ingresar a la unidad penitenciaria, presentaba lesiones corporales. En tal sentido, el Cuerpo de Peritos y Consultores Técnicos de la Defensoría General de la Nación dictaminó que había sido víctima de violencia de género. Por su parte, el informe elaborado por el Cuerpo Médico Forense concluyó que la mujer poseía indicadores de sufrimiento psíquico que le generaban angustia, tensión emocional y ansiedad. En ese contexto, la imputada solicitó ser reconocida como refugiada por la Comisión Nacional para los Refugiados. Cumplidos dos años de prisión preventiva, la defensa solicitó su cese. El juzgado rechazó el planteo y dispuso la prórroga de la medida por el término de un año. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación. Durante la audiencia celebrada en la Cámara Federal de Apelaciones de la Plata, la defensa sostuvo que la decisión impugnada violaba el derecho de su asistida de ser juzgada en un plazo razonable y de gozar de su libertad durante el proceso. Además, expresó que la mujer tenía conducta ejemplar en la unidad carcelaria y que no poseía sanciones disciplinarias ni antecedentes penales. Finalmente, propuso su incorporación al programa de vigilancia electrónica.Cumplidos dos años de prisión preventiva, la defensa solicitó su cese. El juzgado rechazó el planteo y dispuso la prórroga de la medida por el término de un año. Contra esa decisión, se interpuso un recurso de apelación. Durante la audiencia celebrada en la Cámara Federal de Apelaciones de la Plata, la defensa sostuvo que la decisión impugnada violaba el derecho de su asistida de ser juzgada en un plazo razonable y de gozar de su libertad durante el proceso. Además, expresó que la mujer tenía conducta ejemplar en la unidad carcelaria y que no poseía sanciones disciplinarias ni antecedentes penales. Finalmente, propuso su incorporación al programa de vigilancia electrónica.