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FechaTítuloResumen
30-mar-2021Boudou (causa n°1302)Un hombre fue procesado con prisión preventiva por el delito de cohecho pasivo en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública. El hombre era padre de dos niños de un año. En octubre de 2018,el tribunal oral lo condenó a la pena de cinco años y diez meses de prisión. Contra esa decisión, su defensa presentó un recurso de casación y solicitó que se le concediera el arresto domiciliario para cuidar a sus dos hijos. En abril de 2020, el tribunal oral otorgó la prisión domiciliaria. En diciembre del 2020, la sentencia condenatoria adquirió firmeza. Por ese motivo, la fiscalía solicitó que se revocara la prisión domiciliaria. Esta solicitud fue concedida por el juzgado de ejecución en base al dictamen fiscal presentado, sin dar intervención a la defensa. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. Asimismo, se presentó la Unidad Funcional para la Asistencia de Menores en representación de los niños y consideró que el hombre debía mantenerse en arresto domiciliario a fin de garantizar el interés superior de sus hijos.
25-mar-2021Rodríguez Altamira (N° 39913)Un hombre fue condenado por un delito previsto en la ley N° 23.737. En la etapa de ejecución, su defensa solicitó que se le concediera la libertad condicional. El Tribunal Oral rechazó el pedido. Para decidir de ese modo, tuvo en cuenta la reforma introducida por la ley N° 27.375 que excluyó del régimen de progresividad de la pena determinados delitos. Entre ellos, se encontraban aquellos comprendidos por la ley N° 23.737. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación. En ese sentido, planteó la inconstitucionalidad del art. 14, inciso 10, del Código Penal. Indicó también que resultaba arbitraria la aplicación de ese artículo en tanto prohibía que se le concediera al condenado la libertad condicional por la sola circunstancia de la naturaleza del delito cometido. Sobre este aspecto, entendió que el Estado tenía la obligación de garantizar que las penas privativas de la libertad posean el menor efecto desocializador posible. Además, destacó que las restricciones de los artículos 14, segunda parte, del Código Penal y 56 bis de la ley N° 24.660 resultaban contrarias a los fines de la ejecución de la pena y a su régimen progresivo.