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FechaTítuloResumen
9-feb-2022Bertone (causa n° 27510)Un hombre había sido imputado por el delito de robo. En la etapa de instrucción, por intermedio de su defensa, manifestó que deseaba ser juzgado por un tribunal colegiado. En esa oportunidad, no suscribió el escrito. El tribunal consideró que se debía contar con la firma del imputado para solicitar la integración colegiada y dispuso la integración unipersonal del tribunal. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación.
20-may-2022Vivo (Causa N° 51720)Un hombre había sido imputado por el delito de robo con armas en grado de tentativa. Previo a la clausura de la etapa de instrucción, la defensa requirió la intervención de un tribunal colegiado mediante un escrito que no contaba con la firma del imputado. En la etapa de juicio oral, el hombre ratificó su voluntad de ser juzgado por un tribunal colegiado. Sin embargo, el tribunal oral denegó el pedido. Para decidir de esa manera, sostuvo que faltaba la firma en la primera presentación. Ante esa situación, la defensa interpuso un recurso de reposición. Entre otras cuestiones, explicó que el artículo 349 del Código Procesal Penal de la Nación no exigía la firma de la persona imputada e indicó que agregar ese requisito implicaba un excesivo rigor formal. Por su parte, el representante del Ministerio Público Fiscal coincidió con la defensa. Sin embargo, el recurso fue rechazado. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso de casación, que fue denegado por el tribunal oral. Entonces, presentó un recurso de queja.
sep-2022Oposición al juzgamiento por un tribunal unipersonalCriterios de los jueces de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional en torno a la exigibilidad de la firma de la persona imputada que requiere ser juzgada por un tribunal de integración colegiada.
4-oct-2022Gonzalez (causa N° 8799)Un hombre había sido acusado en el marco de un proceso penal. En la etapa de instrucción, a través de su defensa, manifestó que deseaba ser juzgado por un tribunal colegiado. En esa oportunidad no suscribió el escrito. Elevadas las actuaciones a la etapa de juicio oral, el tribunal consideró que se debía contar con la firma del imputado para solicitar la integración colegiada. Por esa razón, dispuso que estuviera conformado de forma unipersonal. En el mismo acto, se dispuso la citación de las partes a juicio en los términos del artículo 354 del C.P.P.N. Al momento de ofrecer prueba, la defensa se opuso a la integración unipersonal del tribunal. Asimismo, acompañó la conformidad de su defendido de ser juzgado por un tribunal colegiado. Sin embargo, la juez interviniente rechazó la oposición. Para así decidir, sostuvo que la oportuna ausencia de conformidad expresa del imputado no podía ser subsanada en esa etapa. Entonces, explicó que la ley procesal reservaba al acusado la realización de ciertos actos de forma personal. Por otro lado, afirmó que la impugnación debió haber sido canalizada a través de un recurso de reposición, por lo que el planteo había resultado extemporáneo. Contra esa decisión, la defensa presentó un recurso de casación.