Buscar por Voces RELIGIÓN

Ir a una fecha de inicio:
Mostrando resultados 1 a 4 de 4
FechaTítuloResumen
5-mar-2018Hamidovic v. Bosnia y HerzegovinaUn grupo de personas pertenecientes al movimiento islámico salafista habían sido imputadas por el ataque a la embajada de Estados Unidos en Sarajevo. Durante el proceso, una persona de la comunidad fue citada a declarar como testigo. Al momento de presentarse, el presidente del tribunal le informó las reglas establecidas a nivel institucional respecto de la vestimenta y le solicitó que no usara su gorro kufi (skullcap) durante la declaración. Ante su negativa, la persona fue expulsada de la sala y condenada por desacato. A su vez, se le impuso una multa. La persona apeló esa decisión. El tribunal de apelaciones redujo el monto de la multa, pero confirmó el resto de la decisión. Para decidir de ese modo, sostuvo que por tratarse de un Estado secular estaba prohibida cualquier manifestación religiosa en una sala de audiencias. Debido a la falta de pago, la multa fue convertida a una pena de treinta días de prisión. Ante un nuevo recurso, el Tribunal Constitucional concluyó que no se había vulnerado el derecho a la libertad de religión ni la prohibición de no discriminación.
17-abr-2018Vera Egenberger v. Evangelisches Werk (caso Nº 414)Una iglesia evangélica alemana publicó una oferta de empleo para la redacción de un informe respecto de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial. Entre los requisitos que especificaba la oferta, se solicitaba la pertenencia a una iglesia protestante o cristina de Alemania. Una mujer se postuló para el cargo sin indicar su pertenencia religiosa. Debido a que no fue convocada a una entrevista, presentó una demanda ante un tribunal laboral de Berlín. En su presentación manifestó que su postulación había sido rechazada por no formar parte de una de las iglesias señaladas. Sobre este aspecto, tuvo en cuenta la Directiva 2000/78 del Consejo de la Unión Europea que establecía el principio de no discriminación en el empleo y, en relación con las actividades profesionales desarrolladas dentro de las iglesias, disponía que sólo se podía efectuar este tipo de diferenciación si constituía “un requisito profesional esencial, legítimo y justificado respecto de la ética de la organización”. A su vez, la mujer requirió una indemnización. La iglesia sostuvo que la diferencia de trato se encontraba justificada en razón del tipo de actividad que la oferta laboral proponía. El tribunal de primera instancia hizo parcialmente lugar a la demanda pero concedió una indemnización inferior a la reclamada. La mujer apeló la decisión. Ante su rechazo, interpuso un recurso de casación. El Tribunal Supremo en lo Laboral de Alemania solicitó al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que se pronunciara sobre el alcance de la Directiva 2000/78.
13-dic-2019Began (causa Nº 2165)El señor Began, oriundo de Rumania, se presentó ante un juzgado y solicitó la ciudadanía argentina por naturalización. El juzgado hizo lugar al pedido y le concedió la ciudadanía bajo juramento de que comprometiera su fidelidad a la República Argentina, a la Constitución Nacional y a sus leyes, en los términos del artículo 7 del decreto N° 3213/84. La defensa oficial requirió que se eximiera a Began de dicha exigencia.
25-sep-2020SAM (causa Nº 98030)Una mujer contrajo matrimonio con un hombre de nacionalidad argelina. El matrimonio no podía concebir hijos y comenzó los trámites necesarios a fin de realizar una kafala en Argelia. La kafala es una institución del derecho islámico por la que se asume el compromiso de proteger, educar y mantener a un/a niño/a desamparado/a. En ese marco, una persona que profesa el islam se hace cargo de modo voluntario de las necesidades de un/a niño/a que fue privado/a de su familia y se compromete a educarlo/a en la religión musulmana. En el año 2017, la Embajada de Argelia les informó sobre una niña en situación de kafala y les requirió que viajasen a la ciudad de Meskiana para iniciar el proceso judicial y administrativo. En julio del 2019, la Corte Judicial de Oum El Boughu Tribunal de Ain El Beida de la ciudad de Meskiana, República de Argelia, otorgó la kafala definitiva respecto de la niña. En el mes de octubre, la pareja regresó a la Ciudad de Buenos Aires junto a la niña y solicitó el reconocimiento judicial de la sentencia extranjera. En la presentación argumentó que si bien el instituto en cuestión no era reconocido por nuestro ordenamiento jurídico, solicitaba el reconocimiento de la sentencia, conforme los alcances previstos por el instituto de la tutela judicial.