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| Fecha | Título | Resumen |
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| 8-ago-2014 | GMA c. MRC | La Sala B confirmó la resolución interlocutoria de primera instancia, que había fijado un aumento de cuota alimentaria en la suma de pesos cinco mil quinientos ($5.500), y estableció su vigencia hasta el mes de agosto de 2014. Asimismo, a fin de favorecer y contemplar con especial atención la necesidad de los hijos menores de edad y propender a la economía procesal y seguridad jurídica, la Cámara fijó el monto de las cuotas sucesivas con incrementos escalonados ($6.000 para el período septiembre/diciembre de 2014, $6.500 para el período enero/abril de 2015 y $7.200 a partir del mes de mayo de 2015). Ello así, con la finalidad de absorber escalonadamente los próximos presumibles incrementos de costos y necesidades de los hijos, sin tener que someter a las partes al gravoso expediente de un nuevo incidente de aumento de cuota alimentaria. Para así decidir, la Cámara expresó que “…cuando se trata de alimentos reclamados por los hijos, cabe hacer lugar a la pretensión de aumento de la cuota aunque no se encuentre probado que la situación patrimonial del demandado haya mejorado, en función de que […] la mayor edad de aquéllos hace presumir mayores erogaciones en su manutención y asistencia; no resultando por ende forzoso que dicho aumento sea correlativo al incremento de los ingresos del alimentante. Claro está que éste, en su condición de padre, se encuentra obligado a realizar aún ingentes esfuerzos para afrontar la manutención de sus hijos.” |
| 23-ago-2022 | HSA (Causa N° 130426) | En un proceso de alimentos, la empleadora del demandado contestó un oficio. En la misma presentación, constituyó un domicilio electrónico. Luego, el juzgado intimó a la empresa a acompañar los recibos de haberes del accionado. Esa intimación se dirigió al domicilio que había indicado el apoderado de la firma. Frente a ello, la empresa planteó la nulidad de la notificación, por lo que se abrió un incidente. No obstante, el juez lo desestimó. Frente a esa decisión, la empleadora interpuso un recurso de apelación. Entre sus argumentos, sostuvo que el domicilio que había consignado al momento de responder el oficio no podía tomarse como válido para cursar otras notificaciones. Además, señaló que la cédula se podría diligenciado en formato papel, ya que la notificación se había dispuesto previo a la pandemia. |
| 11-jul-2023 | Álvarez Libarona (Causa N° 35927) | En el marco de un proceso judicial, la Dirección Nacional de Migraciones solicitó que se decretara la caducidad de instancia. En ese sentido señaló que se había ordenado el traslado de los agravios presentados por la Comisión del Migrante de la Defensoría General de la Nación. Planteó que, desde ese momento, había transcurrido el plazo de tres meses previsto en la normativa procesal. Por su parte, la Comisión pidió al juez que declarara la perención del incidente de caducidad de instancia. |
| 30-abr-2026 | Cristo (Causa N° 7463) | Los padres gitanos de un hombre mayor de edad compraron a una niña virgen que acababa de tener su primer período mediante el pago de una "dote" a fines de que su hijo contraiga matrimonio con ella. La trasladaron desde la provincia de San Juan a Neuquén, donde se celebró el matrimonio gitano. De allí, la llevaron a Santa Fe y la alojaron en su casa. Permaneció aislada de su propia familia durante más de dos años. Durante ese período, la obligaron a realizar los quehaceres domésticos, además de venta ambulante para llevar dinero. También le profirieron malos tratos. Entre ellos, se destacan los golpes y las quemaduras con cigarrillo. Sufrió abusos sexuales y, producto de ellos, cursó dos embarazos. Uno culminó en el nacimiento de un hijo y otro lo perdió a consecuencia de un aborto espontáneo producido por el esfuerzo físico de mover electrodomésticos pesados bajo las órdenes de sus suegros. La víctima se escapó del lugar con su hijo y regresó a su casa, en San Juan. Sus captores fueron a buscarla. Ya en una estación de servicio, comenzó a gritar y llorar cuando intentaron forzarla a subirse a la camioneta que emprendería rumbo de regreso a Santa Fe. En ese momento, una mujer informó la situación a la policía y la víctima fue rescatada. Su esposo y sus suegros fueron imputados y requeridos a juicio por los delitos de trata de personas agravada con el fin de someter a la víctima a una unión de hecho forzada. El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó una reparación de más de $ 83.000.000, actualizado a abril de 2026. Además, como garantía de no repetición, requirió poner en conocimiento de la sentencia a la comunidad en la que los imputados y la víctima se desarrollan mediante la colaboración de ATAJO. Solicitó la prórroga de la prisión preventiva. Entre sus argumentos, la defensa sostuvo que el caso trataba de un simple noviazgo bajo ritos culturales protegidos por la diversidad. Manifestó no oponerse al pedido de reparación, pero sí objetó el monto requerido. Alegó que agravaría la situación de sus asistidos. |
| 3-sep-2026 | Reparación integral de las víctimas. Estándares de la jurisprudencia penal federal | Este boletín reúne treinta y seis decisiones de la Cámara Federal de Casación Penal y de distintos Tribunales Orales sobre el derecho a la reparación de las víctimas de delitos (particularmente, trata de personas y explotación, violencia institucional, reducción a la servidumbre y violencia contra la mujer en el ámbito laboral). Los fallos se organizan en seis ejes temáticos: ejecución directa de la reparación; prioridad en el cobro y decomiso; cálculo de los daños y actualización monetaria; obligatoriedad de la reparación; reparación en casos de "mulas" o "correos de droga"; y otras medidas de reparación. |
