Buscar por Voces ESCRITURA PÚBLICA

Ir a una fecha de inicio:
Mostrando resultados 1 a 4 de 4
FechaTítuloResumen
27-jun-2017BOAEn el marco de un juicio por daños y perjuicios una persona confirió, en el escrito de inicio, poder especial a favor de su letrado. El juez de primera instancia dispuso no aceptar el poder por no haber sido otorgado por escritura pública. En consecuencia, la actora interpuso un recurso de apelación.
21-may-2018Comunidad Mapuche Trypay Antú (causa Nº 20801 2016)En el año 2001, la Comunidad Mapuche Trypay Antú inició un expediente administrativo ante el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) para que se le otorgara la escritura pública traslativa de dominio de las tierras que tradicionalmente ocupaban en el cerro Otto, Río Negro. En diciembre de 2012, el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), mediante la resolución Nº 1165, dio por cumplido el relevamiento técnico, jurídico y catastral (cfr. ley Nº 26.160, decreto Nº 1122/07 y resolución INAI Nº 587/07) y, más tarde, solicitó al Ministerio de Desarrollo Social que emitiera un dictamen en el que indicara los requisitos y el procedimiento conducente para lograr la instrumentación requerida. El Ministerio de Desarrollo Social no respondió el pedido. Por ese motivo, la Comunidad inició una acción de amparo por mora que fue resuelta por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que sostuvo que el relevamiento técnico, jurídico y catastral de las tierras era suficiente para concluir las actuaciones. Posteriormente, la Comunidad inició una acción contra el Estado Nacional (EN) y solicitó que se ordenara al PEN a escriturar a su favor los títulos comunitarios sobre las tierras reclamadas. Al contestar demanda, el EN manifestó que dio por cumplido el relevamiento técnico, jurídico y catastral que le correspondía por ley y que era el Congreso el encargado de dictar una ley especial a fin de instrumentar la posesión de la propiedad comunitaria.
4-may-2023EJB (Causa N° 45708)En 2017 una mujer le compró a un hombre una casa ubicada en la ciudad de Goya. Por ese motivo, ambos firmaron un boleto de compraventa. En el acto, la mujer abonó el precio total y obtuvo a cambio la posesión del inmueble. A lo largo del tiempo, la mujer se contactó con el vendedor en reiteradas oportunidades a fin de que firmara la escritura traslativa de dominio a su favor, pero no tuvo resultados. En consecuencia, le envió una intimación por carta documento, que tampoco fue respondida. En ese marco, la mujer –quien por entonces era una persona mayor– inició un juicio de escrituración contra el hombre. En su presentación, solicitó que se obligara al demandado a suscribir la correspondiente escritura y a presentar la documentación que fuera requerida por la escribana. Indicó que, de lo contrario, debería firmarla el juez interviniente a modo de apercibimiento.
30-dic-2025RC (Causa N° 61697)Dos personas iniciaron una demanda reivindicatoria contra una mujer respecto de un departamento ubicado en la ciudad de Necochea. Los actores invocaron que habían adquirido el inmueble mediante escritura pública del 30 de diciembre de 2021, otorgada por una escribana local. Por entonces, el vendedor del inmueble estaba privado de la libertad, motivo por el cual su madre había comparecido como apoderada del titular registral, mediante un poder firmado el 5 de octubre de 2015. En la escritura, los compradores reconocieron que el inmueble se encontraba ocupado y que adquirían, junto con el dominio, las acciones tendientes a recuperar la posesión. Con base en ese título, reclamaron la restitución del bien y una indemnización por la privación de uso.; Por su parte, se presentó la demandada, quien había sido pareja del vendedor y se encontraba viviendo allí junto al hijo menor de edad de ambos. En ese marco, la mujer contestó la acción, negó la legitimación de los actores y contrademandó por nulidad de la escritura. Asimismo, declaró que se había simulado la compraventa. En ese sentido, sostuvo que el poder utilizado para la venta se había extinguido al momento del otorgamiento de la escritura, debido a que su otorgante –que estaba detenido desde fines de septiembre de 2015– había sido condenado en 2018 a quince años de prisión, con pena accesoria de inhabilitación. Agregó que el negocio había sido instrumentado para sustraer el inmueble de su patrimonio y, de esa manera, afectar sus derechos económicos.