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FechaTítuloResumen
26-ago-2014Dorofeev v. RusiaEn el presente caso se analizó la petición formulada por Sergey Sergeevich Dorofeev, nacional de la Federación de Rusia nacido en 1973, que a la fecha de presentación de la comunicación cumplía una pena de 21 años de prisión en una penitenciaría estatal de Urdany en la región de Zubovo-Polyansky de la República de Mordovia (Federación de Rusia). El 11 de abril de 2006, el peticionario fue declarado culpable de haber cometido una serie de delitos, en particular el previsto en el artículo 105 del Código Penal (asesinato), que prevé la pena de muerte. El artículo 48 de la Constitución y el artículo 51 del Código de Procedimiento Penal, disponen -ante tales circunstancias- la asistencia de un abogado defensor como disposición obligatoria en primera instancia y en la instancia de casación. Nunca se le informó de su derecho a tener un abogado que lo representara por lo que no pudo contar con asistencia letrada, mientras que el otro acusado estuvo representado por dos abogados. El 26 de noviembre de 2007, el peticionario interpuso ante el Fiscal de Moscú un recurso de revisión (control de las garantías procesales) de su caso sustentado en la vulneración de su derecho de defensa por el Tribunal de Casación. Dicho recurso fue desestimado; al igual que los otros cinco intentos que realizó posteriormente. Recién cuatro años y ocho meses después pudo obtener una rectificación de la sentencia y subsanar la vulneración de su derecho de defensa. El peticionario participó en la audiencia de Casación mediante videoconferencia, pese a que había solicitado participar en persona y que, por tanto, no tuvo oportunidad de pedir asesoramiento a su abogada en relación con los alegatos que el fiscal presentó al tribunal.
8-ene-2019Aire limpio y el derecho a un medio ambiente sano y sostenibleEl Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible realizó un informe sobre el derecho a respirar aire puro. En el documento, analizó los efectos de la contaminación atmosférica en el disfrute de los derechos humanos. Luego, desarrolló las obligaciones procesales y sustantivas de los Estados en relación con el derecho a respirar aire puro. Por último, emitió una serie de recomendaciones para garantizar este derecho.
11-feb-2022Godoy (causa Nº 58)El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación dictó la resolución Nº 436/2021. La norma aprobó un proyecto que consistía en un relevamiento sísmico “3D” en áreas ubicadas costa afuera en la Cuenca Argentina Norte (CAN) de la Plataforma Continental Argentina. La información obtenida de esa manera debía ser analizada e interpretada para identificar diferentes tipos de rocas y posibles acumulaciones de petróleo y de gas. Sin embargo, la evaluación de impacto ambiental debía indicar, entre otras consideraciones, efectos adversos sobre la biota por la generación de ruidos. Por este motivo, un grupo de organizaciones ambientalistas junto al intendente del Partido de General Pueyrredon presentaron una acción de amparo. Además, solicitaron como medida cautelar la suspensión del proyecto aprobado hasta que se conociera de manera fehaciente el impacto ambiental.
3-feb-2026MS SAU (Causa Nº 24698)Una persona advirtió que no tenía fondos en su billetera virtual. Al revisar los movimientos de la cuenta, constató que se habían realizado dos transferencias a una cuenta perteneciente a un tercero desconocido sin su autorización. Frente a esta situación, reclamó a través de los canales habilitados por la empresa, pero no recibió información adecuada sobre cómo proceder. Con posterioridad, realizó una denuncia penal. En ese contexto, su cuenta fue bloqueada. En consecuencia, formuló un reclamo ante la Dirección de Defensa del Consumidor provincial. Solicitó la inmediata devolución del dinero y el desbloqueo de su cuenta. En ese marco, el organismo le impuso a la compañía una multa. Para así decidir, consideró que la empresa no había garantizado un servicio seguro ni una respuesta adecuada frente a la maniobra fraudulenta denunciada. Contra esa decisión, la empresa interpuso recurso directo. Entre sus principales agravios, planteó la incompetencia del órgano administrativo para intervenir ante un supuesto delito de estafa. Además, afirmó que no existió falla, anomalía ni vulnerabilidad alguna en el funcionamiento del servicio o de la plataforma. Con respecto al deber de información, manifestó que, al momento de la contratación, se le habían comunicado al usuario las medidas de seguridad biométricas. Agregó que no correspondía adoptar otras acciones correctivas ya que el propio usuario no había utilizado las herramientas de seguridad disponibles. Por último, sostuvo que se había suspendido la cuenta ante la denuncia penal y la falta de diligencia del denunciante. En ese sentido, manifestó que era responsabilidad del cliente observar y cumplir las medidas de seguridad.